Exacto.
Debe tratarse de un deber personal, inexcusable y público. Han de darse los 3 requisitos a la vez. Con que no se cumpla uno de ellos ya no se da el caso y aquí, de hecho, no se cumple ninguno.
Vamos a ver:
- personal: debo poder hacerlo yo, y solo yo (no puedo mandar a otro que lo haga por mi). Aquí, los novios han elegido a su libre albedrío a quienes han querido como testigos, pero pueden perfectamente elegir a otros.
- inexcusable: no puedo negarme (salvo fuerza mayor). Tampoco es el caso. Puedo aceptar perfectamente ser testigo o no
- público: es una norma o autoridad pública la que me requiere: me toca formar parte de una mesa electoral, un juez me cita como testigo en un juicio...
En resumen, ha de tratarse de un requerimiento oficial, no puedo decir que no ni puede hacerlo otro por mi.
No es el caso de .los testigos de una boda (ojo! , que no lo estemos confundiendo con los testigos en un juicio, caso totalmente distinto, como hemos dicho).
Saludos