PERSONAL FUNCIONARIO ATRASOS

Julia19

Miembro
Hola! tengo que hacer atrasos de una persona que es funcionaria y no ha cambiado de destino, según la disposición 20699 del BOE de 6/10/2023 que dice lo siguiente:

I. Instrucciones comunes El incremento adicional del 0,5 por ciento se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022, tendrá efectos de 1 de enero de 2023 y se abonará en la nómina del mes de octubre de 2023 salvo que la habilitación responsable no disponga de todos los elementos formales necesarios o en otros supuestos en que por motivos técnicos no resulte posible, en cuyo caso se abonará en la primera nómina en que sea posible. Los atrasos de los meses de enero a septiembre de 2023, correspondientes al incremento del 0,5 por ciento, se abonarán en los mismos términos fijados en el párrafo anterior. En los recibos de nómina figurará el siguiente literal «Abono atrasos incremento 0,5 por ciento IPCA 2023... », haciendo constar cada uno de los conceptos retributivos sobre los que se aplica la subida adicional y las fechas de inicio y fin a las que corresponde la liquidación de atrasos. Las cantidades que han de ser abonadas con esta finalidad habrán de imputarse a las mismas aplicaciones presupuestarias (concepto y subconcepto presupuestario) y mismos conceptos retributivos de nómina sobre los que se aplican los incrementos.
II. Personal funcionario y estatutario 1. Personal que no haya cambiado de destino durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el último día del mes anterior al del pago de los atrasos. Los atrasos correspondientes al incremento del 0,5 por ciento se liquidarán de oficio por el Ministerio, Organismo o entidad en que se encuentre prestando servicios el interesado en dicho día.


Alguien tiene un caso así, es que al decir que hay que indicar en la nómina el literal "abono..." me descoloca un poco, porque si son atrasos irán como tal no en la nómina.
Entendeis que hay que hacer atrasos o meterno en nómina?
 

Rosa2018

Miembro activo
Buenas noches, yo hice dos nominas. La del mes de octubre y otra con los atrasos y a pie de página le puse lo que pone el literal..abono...pero en dos nominas.
 

carloslugo

Miembro activo
Llevo un ayuntamiento pequeño y estos atrasos tengo que calcularlos de forma manual e informarlos en la aplicación de nómina por lo que me dan un trabajo terrible ... se que para llevar estas entidades hay aplicaciones de nómina especificas que imagino que estos atrasos teniendo el aplicativo bien parametrizado los tiene que hacer de forma automatica ... pero en mi caso tengo una aplicación de nóminas convencional y los estoy calculando de forma manual ..... y esto aunque no son muchos trabajadores ahora que que sacan todos los años actualizaciones con efectos retroactivos me resulta muy trabajaso y me estoy planteando alguna solución sino tendré que decirles que o me mejoran economicamente o no me interesa el tema ... en vuestro caso Rosa2018 y Julia19 ... como llevais este tema ... o alguien que lleve alguno y que me pueda orientar un poco para cambiar esto ....
Muchas gracias de antemano
 

Rosa2018

Miembro activo
Buenos días, en mi caso es una parte manual y otra automática. Tengo que ir trabajador por trabajador aplicando las subidas y cuando están hechas ya genero atrasos. Es la única forma que tengo de hacerlos.
 

carloslugo

Miembro activo
Si , lo mismo Rosa , lo que pasa es que da mucho trabajo y eso se puede hacer para pocos trabajadores pero cuando tienes 50 o mas ..te da la risa ...por que en mi caso estos atrasos se hacen a todo el personal del ayuntamiento ( funcionarios y laborales ) ya que este concello no tiene convenio colectivo propio y por tanto atendiendo a la norma que fija la actualización del 0,5% y para curarnos en salud se ha decidido actualizarle a todos....
Estaba mirando la posibilidad de aligerar un poco el trabajo ... pero ya veo que no es muy posible ...ya que las aplicaciones convencionales no dejan mucha opción..... y tener una aplicación especifica para estas entidades imagino que sale muy caro....
Gracias y un saludo.
 

Rosa2018

Miembro activo
Buenas tardes, un trabajador que fue baja voluntaria en el ayto en mayo 2021...presenta ahora reclamación de diferencias de salarios de ese año por aprobación RPT, que a el no le fueron abonadas ( al resto si) sabéis si esta en plazo...para un trabajador de la empresa "normal" el plazo es de un año.. pero estoy viendo algunas páginas en las que se debate si son 4...
 

carloslugo

Miembro activo
si es personal laboral es un año ... ya que va por la legislación laboral , si fuese personal funcionario serían 4 años .. , pero bueno esto es la teoría el podría defender que en equiparación a otro personal del ayuntamiento son 4 como los funcionarios y que sino pues es discriminatorio .... en fin como poder podría tratar de defenderlo .. pero bueno .... en fin...
 

Rosa2018

Miembro activo
En resumen, que prefiero llevar cinco empresas del general "normal" que la administración publica :).
Si esto pasa con un empleado de la empresa privada, estaría claro que ya se pasó el plazo para reclamar pero con la administración publica siempre es todo más complicado...( al menos para mí)
 

carloslugo

Miembro activo
pues si Rosa , mucho más sobre todo por qué el personal de la admón pública tanto funcionarios como laborales son muchos mas exigentes para reclamar sus derechos que los de la empresa privada ..... en la admón se reclama lo que es y lo que no es ....ja,ja,ja .... las administraciones dan mucho trabajo y hay que cobrar en proporción al mismo ..sino es una ruina y la verdad nadie te agradece nada .....
 

Rosa2018

Miembro activo
Por cierto, en relación a los atrasos.... como procedéis cuando un trabajador tiene establecido un salario (por ejemplo 1000 euros) con su dos pagas extra...aprueban RPT y los salarios se distribuyen de forma diferente ( SB 500+CE 300+CD300) total 1100 euros. Para hacer atrasos, y salgan bien es decir diferencia por mes de 100 euros...dejáis conceptos negativos...o cómo hacéis....
 

carloslugo

Miembro activo
En mi caso los calculo manual y después los informo en el programa de nómina , si son atrasos de la actualización del 0,5% son con respecto a la nómina de diciembre de 2022 . Para los funcionarios ya no calculo por que bajo las tablas salariales actualizadas de internet y para el personal laboral los calculo y les hice los atrasos del periodo Enero-Septiembre , en octubre ya van actualizados ..... no se si te sirve ....
 
Arriba