Buenas, ha venido una persona que se va a establecer como autónomo al despacho y quería informarse; ha venido con el alta censal en Hacienda presentado por que le han dicho que se puede dar de alta en Hacienda para ir comprando muebles, material,... etc, y que tramite el alta en el RETA en enero o febrero cuando empiece a facturar. ¿Dónde ha quedado el plazo de 30 días desde que se presenta la declaración censal de inicio de actividad en Hacienda para darse de alta en el RETA? ¿A cambiado ese plazo?
Gracias!
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