Asturias-social
Miembro activo
Buenos días
Tenemos que presentarle hoy a un trabajador la comunicación de apertura de trámite de audiencia previa al despido disciplinario. En ella le damos los 3 días de rigor que marca la famosa sentencia que nosotros consideramos hábiles. Sin embargo, y como en todos estos casos, se nos plantean algunas dudas a la hora de llevarlos a la práctica y que, tras leer varios hilos en este foro, no hemos encontrado respuesta:
1.- Nosotros los tratamos como hábiles ¿Lo veis correcto?
2.- Los 3 días, ¿Empiezan a contar desde la fecha de recepción de la carta (hoy) o mañana (al día siguiente de la comunicación)?
3.-¿El despido se produce el 3º día (último día de alegaciones) a lo Jesucristo o al día siguiente?
Muchas gracias a todos
Tenemos que presentarle hoy a un trabajador la comunicación de apertura de trámite de audiencia previa al despido disciplinario. En ella le damos los 3 días de rigor que marca la famosa sentencia que nosotros consideramos hábiles. Sin embargo, y como en todos estos casos, se nos plantean algunas dudas a la hora de llevarlos a la práctica y que, tras leer varios hilos en este foro, no hemos encontrado respuesta:
1.- Nosotros los tratamos como hábiles ¿Lo veis correcto?
2.- Los 3 días, ¿Empiezan a contar desde la fecha de recepción de la carta (hoy) o mañana (al día siguiente de la comunicación)?
3.-¿El despido se produce el 3º día (último día de alegaciones) a lo Jesucristo o al día siguiente?
Muchas gracias a todos