Buenas tardes compàñeros os vuelvo a solicitar vuestra ayuda, gracias de antemano.
El caso es que tengo una empresa con un trbajador que lleva cerca de 30 años trabajando en la empresa por la noche,
(es una fabrica), pero se va a realizar unas reformas en la misma y se van a llevar a cabo por la noche, por lo que al trabajador se le va a reubicar al turno de la mañana lo que duren las reformas, aproximadamente 6 semanas.
el trabajador durante todo este tiempo ha venido percibiendo su plus de nocturnidad, cuyo importe era siempre el mismo, "aqui es donde veo yo el problema", bueno en definitiva ¿tiene derecho a seguir percibiendo el plus de nocturnidad durante este periodo que va a trabajar por la mañana?.
Desde mi punto de vista: El plus de nocturnidad no es consolidable, es decir, que cuando dejas de hacer trabajo nocturno, dejas de cobrar el plus de nocturnidad, pero ¿que opinais vosotros?
Un saludo,
El caso es que tengo una empresa con un trbajador que lleva cerca de 30 años trabajando en la empresa por la noche,
(es una fabrica), pero se va a realizar unas reformas en la misma y se van a llevar a cabo por la noche, por lo que al trabajador se le va a reubicar al turno de la mañana lo que duren las reformas, aproximadamente 6 semanas.
el trabajador durante todo este tiempo ha venido percibiendo su plus de nocturnidad, cuyo importe era siempre el mismo, "aqui es donde veo yo el problema", bueno en definitiva ¿tiene derecho a seguir percibiendo el plus de nocturnidad durante este periodo que va a trabajar por la mañana?.
Desde mi punto de vista: El plus de nocturnidad no es consolidable, es decir, que cuando dejas de hacer trabajo nocturno, dejas de cobrar el plus de nocturnidad, pero ¿que opinais vosotros?
Un saludo,