Hola compañeros,
Quería someter a vuestras opiniones el siguiente caso que, supongo, es recurrente a día de hoy.
Como sabéis en los contratos a tiempo parcial, la Audiencia Nacional en la Sentencia de 20 de febrero de 2015 considera que los trabajadores con jornada reducida tienen derecho a que se les abone el plus de transporte los días que acudan al trabajo, fuere cual fuere el tiempo de trabajo efectivo, porque el plus de transporte retribuye desplazamientos al trabajo (esta sentencia fue confirmada por el Supremo en mayo de 2016)
Por otro lado la letra d) del apdo. 4, art. 12 Estatuto de los Trabajadores, sobre los derechos de los trabajadores contratados a tiempo parcial: Los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo. Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales y reglamentarias y en los Convenios Colectivos de manera proporcional, en función del tiempo trabajado, la norma estatutaria establece una regla general tendente a la equiparación reservando la regla de la proporcionalidad para aquellos casos en que esté justificada, NO SIENDO EL MENOR NÚMERO DE HORAS ALGO QUE PERMITA REDUCIR PROPORCIONALMENTE TODOS LOS DERECHOS DEL TRABAJADOR Y SÍ SÓLO AQUELLOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA EFECTIVA PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
En mi caso el convenio dice lo siguiente:
Este plus será percibido en todos aquellos casos en que la empresa no transporte al personal desde las inmediaciones
de sus domicilios a sus respectivos centros de trabajo.
En esta empresa hay trabajadores a jornada completa, que trabajan en horario de mañana 4 horas y en horario de tarde 4 horas (jornada partida). El plus de transporte que cobran son 100 euros, por ejemplo. Los trabajadores a tiempo parcial les tengo reducido el plus de transporte a la mitad porque sólo trabajan, o bien de mañana, o bien de tarde (jornada continua). Resumiendo, los de jornada completa, hacen 2 desplazamientos, mañana y tarde, y los de parcial, unicamente 1.
¿Entendéis que es correcto o, de lo contrario, debería de abonarse el plus independientemente de la jornada efectuada?. En este caso el sindicato está aferrado a que tiene que abonarse íntegro, pero la lógica me inclina a que tiene que ser proporcional, en base a lo indicado. El convenio habla de transporte desde su domicilio al centro de trabajo. Unos hacen 2 desplazamientos y otros 1....
Gracias
Quería someter a vuestras opiniones el siguiente caso que, supongo, es recurrente a día de hoy.
Como sabéis en los contratos a tiempo parcial, la Audiencia Nacional en la Sentencia de 20 de febrero de 2015 considera que los trabajadores con jornada reducida tienen derecho a que se les abone el plus de transporte los días que acudan al trabajo, fuere cual fuere el tiempo de trabajo efectivo, porque el plus de transporte retribuye desplazamientos al trabajo (esta sentencia fue confirmada por el Supremo en mayo de 2016)
Por otro lado la letra d) del apdo. 4, art. 12 Estatuto de los Trabajadores, sobre los derechos de los trabajadores contratados a tiempo parcial: Los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo. Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales y reglamentarias y en los Convenios Colectivos de manera proporcional, en función del tiempo trabajado, la norma estatutaria establece una regla general tendente a la equiparación reservando la regla de la proporcionalidad para aquellos casos en que esté justificada, NO SIENDO EL MENOR NÚMERO DE HORAS ALGO QUE PERMITA REDUCIR PROPORCIONALMENTE TODOS LOS DERECHOS DEL TRABAJADOR Y SÍ SÓLO AQUELLOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA EFECTIVA PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
En mi caso el convenio dice lo siguiente:
Este plus será percibido en todos aquellos casos en que la empresa no transporte al personal desde las inmediaciones
de sus domicilios a sus respectivos centros de trabajo.
En esta empresa hay trabajadores a jornada completa, que trabajan en horario de mañana 4 horas y en horario de tarde 4 horas (jornada partida). El plus de transporte que cobran son 100 euros, por ejemplo. Los trabajadores a tiempo parcial les tengo reducido el plus de transporte a la mitad porque sólo trabajan, o bien de mañana, o bien de tarde (jornada continua). Resumiendo, los de jornada completa, hacen 2 desplazamientos, mañana y tarde, y los de parcial, unicamente 1.
¿Entendéis que es correcto o, de lo contrario, debería de abonarse el plus independientemente de la jornada efectuada?. En este caso el sindicato está aferrado a que tiene que abonarse íntegro, pero la lógica me inclina a que tiene que ser proporcional, en base a lo indicado. El convenio habla de transporte desde su domicilio al centro de trabajo. Unos hacen 2 desplazamientos y otros 1....
Gracias