Muy buenas
Un trabajador presta servicios de lunes a viernes de 12 a 4h de la madrugada en un obrador de pasteleria y bolleria
El convenio establece lo siguiente para el plus nocturno
"Todas las personas trabajadoras que realicen su tarea entre las veintiuna y las seis horas serán premiados con la cuantía que se establece en el anexo de las tablas salariales del presente Convenio colectivo".
Hablamos de un importe total de 150 euros brutos mensuales
¿Qué sería lo más correcto?
¿Abonar los 150 euros de plus nocturno sólo 11 de los 12 meses (1 mes de vacaciones) o abonar el plus los 12 meses considerando que su horario SIEMPRE es nocturno y que por lo tanto en sus 30 días de vacaciones también debe cobrar ese plus?
Gracias
Un trabajador presta servicios de lunes a viernes de 12 a 4h de la madrugada en un obrador de pasteleria y bolleria
El convenio establece lo siguiente para el plus nocturno
"Todas las personas trabajadoras que realicen su tarea entre las veintiuna y las seis horas serán premiados con la cuantía que se establece en el anexo de las tablas salariales del presente Convenio colectivo".
Hablamos de un importe total de 150 euros brutos mensuales
¿Qué sería lo más correcto?
¿Abonar los 150 euros de plus nocturno sólo 11 de los 12 meses (1 mes de vacaciones) o abonar el plus los 12 meses considerando que su horario SIEMPRE es nocturno y que por lo tanto en sus 30 días de vacaciones también debe cobrar ese plus?
Gracias