En tiempos parcial es obligatorio que vaya en el contrato, si no aparece se presume que está celebrado a tiempo completo. E.T
«4. El contrato a tiempo parcial se regirá por las siguientes reglas:
a) El contrato, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.2, se deberá formalizar necesariamente por escrito. En el contrato deberá figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas, así como el modo de su distribución según lo previsto en convenio colectivo.
PLANTEAMIENTO¿Es obligatorio detallar en los contratos de trabajo a tiempo parcial el horario a realizar?RESPUESTAEs obligatorio detallar la...
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En los tiempos completos, habrá quién no comparte mi punto de vista, pero yo entiendo que si no va en el contrato, es una info que se le debe trasladar por escrito al trabajador, y es sancionable su incumplimiento como una infracción leve en la lisos. Puede hacerse mención a según convenio pero... si el convenio no entra en el detalle de la distribución horaria, es una mención vacía de contenido. Ahora bien, si es una jornada completa y por unos días, no veo problemas con inspección, si se cubre el registro horario y se pagan y cotizan las horas que correspondan, respetando descansos correspondientes.
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