Por favor opiniones!!!

MARIA88

Miembro
Os cuento el caso y quiero que me digais con vuestras sabias opiniones como lo veis.

Trabajador autónomo, en restaurante, como el trabajo escasea decide prestar sus servicios para una fabrica ,desde el mes de septiembre estableciendo una relacion laboral a traves de facturas que mi autonomo le gira a la fabrica todos los meses por los servicios prestados.Mi autonomo declara estas facturas con IVA ,IRPF.....etc

Inspeccion de trabajo entra por la puerta y dice que mi trabajador tiene que estar dado de alta en el regimen general desde el mes de septiembre cotizando por esos meses con su respectivo recargo...

¿como demuestro que hay un contrato de prestcaion de servicios con la fabrica y que el alta en autonomos deberia ser suficiente? ¿conoceis jurisprudencia al respecto a la que agarrarme?

Mil gracias a todos
 

Ro

Miembro activo
Tienes que probar que es una relación por cuenta propia lo que hace tu autónomo, en la fábrica.

Supongo que le has dado de alta la actividad correspondiente en hacienda, y comunicación de nueva actividad en la Tgss, para trabajar en la fábrica.

En caso de no dar de alta la  nueva actividad, con un alta de autónomos de un restaurante "establecimiento de comidas" no podría facturar para una fábrica de la actividad x.

En qué actividad lo has dado de alta para trabajar?? pues a partir de ahí tenemos que justificar su actividad dentro de la fábrica y en el momento de la inspección.

En caso contrario sería un trabajador por cuenta ajena, régimen general tal y como te dice inspección.
 

mafaldasur

Nuevo miembro
Tb recibos de pago de suministros en ese local, fras. material comprado de hostelería, facturas expedidas al resto de clientes, etc. contrato de arrendamiento de servicios con sus retenciones practicadas en el mod 111. si hubo oferta general para la contratación de ese servicio..,

tiene pinta de denuncia el asunto no?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Esas pruebas indiciarias, me temo, poco pueden hacer para desvirtuar la presunción de veracidad del inspector.
 

MARIA88

Miembro
lo primero de todo,gracias por contestar.

El alta en autonomos en para Hosteleria simplemente, no se cominico a la Tesoria que el autonomo iba a prestar servicios a otra empresa QUE NADA TIENE QUE VER CON LA HOSTELERIA.

En la fabrica realiza labores informaticas.....habia pensado que podria decir que estaba ayudando a instalar un software determinado de manera puntual......pero el problema es que existe un contrato privado ente mi cliente y la fabrica y unas facturas con IVA pagadas como remuneracion de la fabrica..
Si me doy de alta en un 036 de prestacion de servicios varios, vinculo mi autonomo .....podria justificar mi labora en la fabrica com autónomo???

Gracias
 

Ro

Miembro activo
Si realiza labores informáticas deberías darlo de alta en hacienda como Explotación electrónica a cuenta de terceros (IAE 845.1) que en el CNAE se correspondería con Otros servicios realcionados con las tecnologías de la información e informática (6209).  Presenta cuanto antes el alta del 036 en la nueva actividad. Y justifica con las facturas y el alta en hacienda ante inspección que el sr. iba a hacer un mantenimiento a la fábrica días puntuales y que no cumplía el horario de la fábrica. Que es un profesional que presta servicios a la empresa para el mantenimiento de los ordenadores. Suerte.

De todos modos no entiendo cómo hacía facturas de mantenimiento informático estando de alta en autónomo de hostelería, esas facturas no podría incluirlas en esa actividad, pues no tienen nada que ver con la hostelería. El personal contable no le explicó la situación??
 

MARIA88

Miembro
PERDON, EL ALTA DEL 036 EN PRESTACION DE SERVICIOS  LO TIENE HECHO DESDE SEPTIEMBRE.....YO CREO QUE ME VOY A BASAR EN LO QUE DICE RO
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MUCHISIMAS GRACIAS
 
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