Je,je,je, a la primera pregunta, permíteme que te invite a utilizar el buscador de este mismo foro, pues recuerdo que el tema se ha planteado en varias ocasiones, y en la última de ellas tuvimos una laaaaaaaaaaaaaaaaaaarga polémica, ya que un estimado compañero, en sucesivos post (pero en un intervalo corto de tiempo) llegó a dar hasta 4 soluciones distintas, no siempre en la misma línea y no le hizo mucha gracia que reparara en ello. Pero vaya, como digo, te vas a encontrar no una sino una buena colección de respuestas diversas. Ya será cuestión de que tu decidas cuál coger en base a las argumentaciones expuestas.
A lo segundo, nunca he calculado ninguna nómina con retribución diaria, por tanto, si alguien más puesto ve algo incorrecto que me corrija, pero así, por deducción, entiendo que estamos hablando de dos pagas extras que suman cada una de ellas 1.500 (30x50), por tanto 3.000 devengados en 365 días. Si sólo ha estado de alta 4 días, habrá devengado 3.000/365x4 = 32,87 ¿no?
Bueno, y a nivel de finiquito habrá que saber también si son de devengo anual o semestral, pero si hablamos de devengo por esos 4 días, entiendo que iría por ahí la cosa.
En fin, salvo mejor criterio u opinión, como se suele decir. Pero vaya, cualquier programa de nóminas bien parametrizado te lo ha de calcular sin más problemas.
Ah!, bueno, me estaba centrando el las pagas extras. Respecto a la nómina de enero en este caso entiendo que no debe haber más problema, (50+10)x4 = 60 x 4 = 240 , ¿no?.
Vaya, que sumado a esos 32,87 de las pagas extras, dan un total de 272,88.
Otra forma de calcularlo:
[((50+10) x 365) + (30 x 50 x 2)] / 365 x 4 = (21.900 + 3000) / 365 x 4 = 24.900/365 x 4 = 272,88
En fin, lo mismo.
Un saludo