POSIBLE MALTRATO EN ESCUELA INFANTIL

Cachilipox

Miembro conocido
Uf.
El asunto se complica.
Dada la nueva dimensión del tema ¿Cómo tienen lo de la LOPD?
Más que nada por lo de las cámaras, la grabación y acceso a datos, etc etc.
En centros donde haya menores, es de lo más aconsejable esto de circuito cerrado de video. Pero claro, tiene muchas implicaciones legales, y hay que cumplir los requisitos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
El requisito fundamental es que esté indicado mediante un dispositivo que esté bien visible y que informe de que el el local está vigilado por cámaras de videovigilancia, y de ante quién ejercitar los derechos del RGPD.
 
Uf.
El asunto se complica.
Dada la nueva dimensión del tema ¿Cómo tienen lo de la LOPD?
Más que nada por lo de las cámaras, la grabación y acceso a datos, etc etc.
En centros donde haya menores, es de lo más aconsejable esto de circuito cerrado de video. Pero claro, tiene muchas implicaciones legales, y hay que cumplir los requisitos.
Si, nos indican que sí lo tienen y el circuito cerrado de video.
 
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