PRÀCTICAS EXTRACURRICULARES

laboral consultas

Miembro activo
Buenas, actualmente las practicas extracurriculares:

-Si no hay retribución no se tramita alta y no se cotiza?
-Si hay retribución, se tramita alta y cotiza, la cotización es una cuota fija y el alta se tramita en el CCC general pero con un código concreto, es correcto??
Qué cuota es? código de alta?

Gracias! a partir de octubre sé que cambia pero actualmente sabéis como funciona?
 

CHARO

Miembro conocido
-Si no hay retribución no se tramita alta y no se cotiza? CORRECTO
-Si hay retribución, se tramita alta y cotiza, la cotización es una cuota fija y el alta se tramita en el CCC general pero con un código concreto, es correcto?? PRIMERO TIENES QUE SOLICITAR POR CASIA LA ANOTACIION DE LA PECULIARIDAD 986 ABRIENDO CASO POR TRAMITE/INSCRIPCION DE EMPRESAS/ASIGNACION CCC/ANOTACION TRL NO IMPLEMENTDOS EN RED.
Qué cuota es? ERAN 50 Y PICO O 60 EUROS, AHORA MISMO NO LO SÉ CON SEGURIDAD.
código de alta? EL ALTA ES 01 SIN TIPO DE CONTRATO Y CON EL INDICATIVO RLCE 9927
 

Nando_bcn

Miembro conocido
-Si no hay retribución no se tramita alta y no se cotiza? CORRECTO
-Si hay retribución, se tramita alta y cotiza, la cotización es una cuota fija y el alta se tramita en el CCC general pero con un código concreto, es correcto?? PRIMERO TIENES QUE SOLICITAR POR CASIA LA ANOTACIION DE LA PECULIARIDAD 986 ABRIENDO CASO POR TRAMITE/INSCRIPCION DE EMPRESAS/ASIGNACION CCC/ANOTACION TRL NO IMPLEMENTDOS EN RED.
Qué cuota es? ERAN 50 Y PICO O 60 EUROS, AHORA MISMO NO LO SÉ CON SEGURIDAD.
código de alta? EL ALTA ES 01 SIN TIPO DE CONTRATO Y CON EL INDICATIVO RLCE 9927
No me ocupo directamente de la operativa de cotización pero, efectivamente, como indica Charo, que les tengas que dar de alta en SS y cotizar por ello (actualmente, a la espera de que entre en vigor la nueva normativa en octubre próximo) dependerá de que reciban algún tipo de compensación o no.
Respecto al importe, en caso de que, por percibir algún tipo de compensación por parte de la empresa deban cotizar, se trata de una cuota fija (independientemente del importe de la compensación, incluso de la jornadas y días de alta en el mes) de 63,22 euros, 53,79 a cargo de la empresa y 9,43 a cargo del alumno en prácticas, pero teniendo en cuenta que la cotización de las prácticas curriculares tiene una bonificación del 100%, por lo que no acaban teniendo coste real, en cambio las no curriculares no se benefician de esa bonificación.

Saludos.
 

laboral consultas

Miembro activo
Hola de nuevo,
Con rspecto a los "becarios" que hacen prácticas cuticulares o extracurriculares, entiendo que si son retribuidas hay que aplicar la retención mínima de IRPF del 2%? es correcto? gracias!
 
Arriba