Prácticas no remuneradas y prestación por desempleo

martada

Miembro
Buenas tardes;
Voy a realizar alta a 1 trabajador que inicia prácticas no remuneradas para obtención del título de ciclo superior. Este trabajador estuvo alternando estudios con trabajo, como ahora le incompatible continuar con esta situación, me pregunta si estaría en situación legal para solicitar desempleo.
No he sabido concretarle porque he leído que mientras causan alta en la empresa para realizar las prácticas NO remuneradas estaría en situación asimilada al alta.
Por favor necesito ayuda si alguien se ha encontrado en la situación.
Gracias de antemano
 

pajarillo

Miembro conocido
Buena pregunta y la verdad que no tengo ni idea.
Ahora a mí me ha tocado hacer 200 altas de becarios no remunerados y lo que tengo duda es si este movimiento de alta le interrumpirá el percibo de prestación o subsidio.
 
Hola, aprovecho este hilo para preguntar una duda: Aquellos alumnos que figuren de alta por cuenta ajena o cobrando desempleo se les debe de dar de alta igualmente o no? Es que tengo casias que dicen que sí, otro que no y no sé que hacer.
La semana que viene tengo muchas altas de alumnos de PFNR y según tenía entendido los alumnos que trabajaban no estaban incluidos en el ámbito de aplicación de la DA52 apart. 11 y mi mente ya directamente pensó que no les tendría que dar de alta...
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Buena pregunta.. me planteo desde mi desconocimiento más absoluto..... ¿¿cuando acaba las practicas no remuneradas hay obligación del mandar CERTIFICADO DE EMPRESA al sepe??.. desde mi desconocimiento más absoluto entiendo que no... lo transcendente es que se halla cotizado a desempleo.... es como si estás cobrando el paro y te apuntas a un curso de esos oficiales.. te suspenden el fichaje pero sigues cobrando la prestación.. los asuntos del desempleo van por uina parte y los de formación por otro.. o no?
 
Pues me acaban de llamar de Tesorería por el Casia que mandé ayer de Casias contradictorios sobre si hay que dar de alta, o no, a los alumnos que trabajan por cuenta ajena y/o cobran desempleo (es decir, los que están expresamente excluidos por la DA52, apartado 11): Hay que tramitar el alta pero el sistema lo rechazará automáticamente. Ese rechazo queda en el sistema y con eso queda cumplido el trámite... tócate los pies Maricarmen!

Como os quedáis? Le dije que por favor, al cerrar el Casia me pusiera por escrito esto. Es bastante absurdo...
 
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