Prórroga hasta 31/10... ¿nuevo compromiso de empleo?

CC2019

Miembro activo
He leído sobre ésta cuestión que planteaban algunos foreros en otro tema que ahora no encuentro, y me asalta dicha duda.
Si tengo un ERTE que no he prorrogado, cuyos efectos se entienden prorrogados hasta 31/10 (aunque realmente acaba el 30/9), y exonero, ¿se produce un nuevo compromiso de empleo por 6 meses más?
 

MarLo

Miembro conocido
No obstante, esta nueva prórroga de los ERTE se ha articulado de forma diferente a las anteriores, con dos fases diferenciadas:

  1. Hasta el 31 de octubre de 2021, en la que se establece una prórroga automática de los ERTE vigentes o la posibilidad de iniciar nuevos ERTE, en las mismas condiciones que en septiembre de acuerdo con el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos, según la disposición transitoria única del Real Decreto-ley 18/2021.
  2. Desde el 1 de noviembre de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022, en donde se puede solicitar una prórroga de los ERTE vigentes o bien iniciar nuevos ERTE con las especificaciones del artículo 1 y 2 del Real Decreto-ley 18/2021, respectivamente, y que pueden llevar aparejadas las exenciones a la Seguridad Social establecidas en el artículo 4 de la misma norma.
Esta disparidad con las prórrogas anteriores ha llevado a preguntarnos qué ocurre con los beneficios en la cotización a la Seguridad Social disfrutados durante el mes de octubre de 2021. Dos son las posibles respuestas: a) se entienden derivados del nuevo Real Decreto-ley 18/2021 y por tanto inician un nuevo periodo de salvaguarda del empleo de 6 meses a sumar a los anteriores o, por el contrario, b) se entiende englobado dentro de los beneficios articulados por el anterior Real Decreto-ley 11/2021 y por tanto no inicia un nuevo plazo de compromiso de mantenimiento del empleo.

Desde SuperContable.com nos decantamos por esta segunda hipótesis de acuerdo con la redacción literal de la disposición transitoria única del Real Decreto-ley 18/2021, ya que para los ERTE prorrogados o iniciados entre el 1 y el 31 de octubre de 2021 fija las mismas condiciones que le hubieran sido aplicables en septiembre, en los términos y condiciones establecidos en el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, como si del mismo periodo se tratase.

En este enlace: https://www.supercontable.com/bolet...iso_mantenimiento_empleo_6_18_meses_erte.html
 
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