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Hola! una pregunta un poco estúpida, en los contratos que duran exactamente un año hay que hacer el preaviso de 15 días obligatorio?
El estatuto marca que es en los contratos superiores al año, pero en el caso de que es 12 meses exactos??
gracias
Un año justo no es más que un año.
No, no preavisamos (al menos por este motivo) de la extinción de contratos que no superan el año, incluidos los que duran justo un año.
En nuestro caso no avisamos aunque justo duren un año. Entendemos que no es obligatorio. Después le damos la opción al cliente si quiere o no, pero ya es su decisión.
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