Preaviso

Novata80

Nuevo miembro
Buenos días,
un trabajador tiene la obligación de preavisar con 15 días en el caso de que quiera irse de la empresa? Si es así, podríais decirme en qué norma se indica?

En el caso de que no preavisara tendría algún tipo de penalización?
Gracias
Un saludo
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No hay ninguna norma de aplicación general que contemple tal cosa.
El ET (ART. 49) se limita a decir que en caso de baja voluntaria del trabajadorá mediar el preaviso que en cada caso pueda fijar el convenio de aplicación o la "costumbre"

Por tanto, normalmente será el convenio el que concretará el periodo de preaviso exigible así como las consecuencias de no respetarlo.
En este sentido, es cierto que es bastante habitual que se fije en 15 dias naturales y que la penalización pòr nom respetarlo (total o parcialmente) sea una compensación equivalente al salario de los días de falta de preaviso, pero no siempree es así. Por el. el Convenio de consultoría señala 15 días HABILES y la penalizacíón consiste en la pérdida de lo devengado en concepto de pagas extras en proporción al periodo de preaviso no respectado (con lo cual, una misma falta de preaviso en nº de dias no prespetados puede tener una penalización que puede variar en una proporciíon de uno a seis en función del mes de la baja).

Si no hay previsión via convenio el tema de la costumbre, salvo que esté muy clara y consolidada, se presta a debate, incluso hay quen opina que no es exigible, aunque creo que hay alguna sentencia que entiende que, a pesar de la inconcreción , la regla general es que sean esos 15 dias naturales que indicabas.

En cualquier caso, lo dicho, en primer lugar verifiquemos si el convenio de aplicación regula esta cuestión.

Saludos
 
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