Gracias Raquel,
Estoy mediando en una controversia entre empresa y trabajador, cada uno con un criterio diferente. La empresa dice q cuenta desde el mismo día y el trabajador desde el día siguiente (para mi sorpresa, porque pensaba que sería al revés).
Y no encuentro donde fehacientemente se diga q se empieza a computar desde el día de la entrega o el siguiente. Veo que en general lo habitual es lo que tú comentas (pero no se porqué).
Amplío cuestión: Le digo que que mas da, que la baja será la fecha que ha puesto como fecha de cese. Y ahí me entero que el trabajador ha puesto como fecha de baja el 01/03 a las 18.00 horas. Claro, listillo, el 1 es festivo... Y la empresa quiere darle de baja el 28/02.
¿Puede el trabajador cesar en día festivo?