Pregunta parcialidad trabajador contrato previsible !

MCS

Miembro activo
Hola!, tengo que dar un alta previsible para este finde y el lunes (4 dias), el chico va a trabajar 4h,5h,5h, y 1h cada día respectivamente, la parcialidad que tengo que comunicar es del 46,88% (entiendo que por regla de tres: 8h en los cuatro dias serían 32 - 100%, y las 15 horas que hace efectivamente serían - x) ¿verdad?

Siempre me salen dudas con este tipo de contratos irregulares,

Gracias!!!!!!
 

Marios1

Miembro
Buenos días,
Si, yo lo calculo igual para contratos inferiores a 1 una semana y me sale el mismo porcentaje.
Saludos.
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Si la jornada a tiempo completo es de 40h semanales, OK.
Por cierto, en estos casos, ¿cómo consideráis el descanso semanal? (en este caso son 4 días de alta, pero pongo un ejemplo más evidente, por ej que fueran 5 días)
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Si la jornada a tiempo completo es de 40h semanales, OK.
Por cierto, en estos casos, ¿cómo consideráis el descanso semanal? (en este caso son 4 días de alta, pero pongo un ejemplo más evidente, por ej que fueran 5 días)
Bueno, imagino que si a efectos de retribución, en lugar de considerar el salario diario, se considera el salario hora (salario anual a tiempo completo/ nº de horas anuales a tiempo completo) queda resuelto (bueno, incluso la compensación por las vacaciones devengadas), ¿no?
 

MCS

Miembro activo
Si la jornada a tiempo completo es de 40h semanales, OK.
Por cierto, en estos casos, ¿cómo consideráis el descanso semanal? (en este caso son 4 días de alta, pero pongo un ejemplo más evidente, por ej que fueran 5 días)
¿Y el descanso semanal para que se necesita conocer?, perdona, es que aún soy nueva en esto 😅
 

Laboral24

Miembro activo
Hola!, tengo que dar un alta previsible para este finde y el lunes (4 dias), el chico va a trabajar 4h,5h,5h, y 1h cada día respectivamente, la parcialidad que tengo que comunicar es del 46,88% (entiendo que por regla de tres: 8h en los cuatro dias serían 32 - 100%, y las 15 horas que hace efectivamente serían - x) ¿verdad?

Siempre me salen dudas con este tipo de contratos irregulares,

Gracias!!!!!!
Si, es correcta la parcialidad
 

Nando_bcn

Miembro conocido
¿Y el descanso semanal para que se necesita conocer?, perdona, es que aún soy nueva en esto 😅
Necesitar... a ver es algo en lo que creo que casi nada repara (consciente o inconscientemente), incluso en casos mas evidentes, como el ejemplo que he puesto de duración de 5 días (ya sabes, alta lunes, baja viernes, y te pago 5 días, naturales, claro).
Pero en lo que puede reparar el trabajador, su asesor, su cuñao...
Te pongo otro ejemplo, imagina que precisas que trabaje 4 días, pero la jornada es de lunes a viernes y empieza un jueves (trabajará jueves, viernes, lunes y martes). Para que te trabaje esos 4 días, tendrás que tenerlo de alta (y cotizar y pagarle), 6 días, esto es, de jueves a martes, incluyendo el sábado y domingo.
En fin, me lo planteaba desde el plano teórico y como curiosidad, ya que yo no suelo hacer contratos tan cortos (y lo cierto es que, aunque contratos largos o indefinidos, tampoco reparo, bueno, sí reparo, pero no hago nada especial, si entra un lunes, un martes... un viernes..., aunque si que mantengo de alta y devengando salario hasta el domingo a quien causa baja habiendo trabajado hasta el viernes).

Y es por eso luego he planteado como posible solución para estos casos el retribuir, en lugar de por días naturales (salario mensual/30), por horas (salario anual/horas jornada anual). Pero vaya, no sé cómo lo acaban haciendo algunos.
 

MCS

Miembro activo
Necesitar... a ver es algo en lo que creo que casi nada repara (consciente o inconscientemente), incluso en casos mas evidentes, como el ejemplo que he puesto de duración de 5 días (ya sabes, alta lunes, baja viernes, y te pago 5 días, naturales, claro).
Pero en lo que puede reparar el trabajador, su asesor, su cuñao...
Te pongo otro ejemplo, imagina que precisas que trabaje 4 días, pero la jornada es de lunes a viernes y empieza un jueves (trabajará jueves, viernes, lunes y martes). Para que te trabaje esos 4 días, tendrás que tenerlo de alta (y cotizar y pagarle), 6 días, esto es, de jueves a martes, incluyendo el sábado y domingo.
En fin, me lo planteaba desde el plano teórico y como curiosidad, ya que yo no suelo hacer contratos tan cortos (y lo cierto es que, aunque contratos largos o indefinidos, tampoco reparo, bueno, sí reparo, pero no hago nada especial, si entra un lunes, un martes... un viernes..., aunque si que mantengo de alta y devengando salario hasta el domingo a quien causa baja habiendo trabajado hasta el viernes).

Y es por eso luego he planteado como posible solución para estos casos el retribuir, en lugar de por días naturales (salario mensual/30), por horas (salario anual/horas jornada anual). Pero vaya, no sé cómo lo acaban haciendo algunos.
Yo en los casos de trabajadores que estén en alta pocos días (en los casos que me comentas, solo los tengo por los dias trabajados) hago los cálculos por los días efectivos, con reglas de tres, teniendo en cuenta tanto los dias laborables del mes y las horas trabajadas de cada trabajador
 
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