Prejubilaciones

Argi

Miembro conocido
Muy buenas,

No acabo de entender bien el tema de los acuerdos sobre prejubilaciones o bajas incentivadas a los que llegan algunas empresas (grandes) con sus empleados.

Las prejubilaciones nacen de un acuerdo entre las partes. Según lo entiendo, lo más habitual es que la empresa abone una cantidad mensual al trabajador (entre el 60 y el 100% de su sueldo) y además “facilite” que el trabajador firme un convenio especial con la Seguridad Social para el pago de cotizaciones hasta que le llegue la edad ordinaria de jubilación.

Dudas varias, pero entre ellas: ¿Es posible que este acuerdo contemple el despido del trabajador para que cobre dos años de desempleo? De ser así, ¿no estaríamos hablando de pactos fraudulentos para el cobro de prestaciones? Imagino que el convenio especial que se firme con la Seguridad Social contemple cotizaciones similares (o algo inferiores) a las que el trabajador tenía anteriormente. ¿Cómo se hace el abono? ¿La empresa lo ingresa a la Seguridad Social en nombre del trabajador o lo hace este directamente?

Cuando se habla de bajas incentivadas se refiere a prejubilaciones o a qué se refiere: ¿a indemnizaciones mayores que las que le correspondería por un despido objetivo procedente?
 

elchuske

Miembro conocido
Te explico: efectivamente se llega a un acuerdo que es un tanto por ciento de lo que se esta ganando en bruto anual. La empresa no facilita nada del convenio especial. Te obliga a suscribirlo y si no lo haces te quita una parte de lo que cobras. En lo que te paga al mes esta incluido lo que TU pagas al convenio de la seguridad social. Hace muchos años se mandaba al paro al trabajador pero eso la inspección lo corto y al menos desde el año 2009 no se ha vuelto a hacer. Al menos en bancos. Te obliga a cotizar para que te queda una pensión idéntica a la que recibirías el día antes de llegar al acuerdo y mantenerla. Si suben las cotizaciones te jorobas. El pago al convenio lo hace el trabajador directamente de su bolsillo. La empresa se desliga del trabajador y firman un contrato que así lo dice con algunos compromisos que no son relevantes.
Y las bajas son eso, bajas. despidos por encima de lo legal. al menos lo entiendo yo así.
 

fundación

Miembro conocido
Las aseguradoras tienen paquetes de aseguramiento para empresas, que cubren jubilaciones anticipadas, prejubilaciones... Los bancos tienen sus propias aseguradoras para ello.

Las bajas incentivadas no dan derecho a paro, como dice Elchuske, son de mutuo acuerdo.
 

Fedayn

Miembro
Las aseguradoras tienen paquetes de aseguramiento para empresas, que cubren jubilaciones anticipadas, prejubilaciones... Los bancos tienen sus propias aseguradoras para ello.

Las bajas incentivadas no dan derecho a paro, como dice Elchuske, son de mutuo acuerdo.
Sí, a efectos de Seguridad Social son como bajas voluntarias. Pero si se acuerdan en el marco de un despido colectivo, entonces se consideran que forman parte del mismo.
 

elchuske

Miembro conocido
Si esta garantizada la percepción de las cantidades. No suelen ser mensuales, suelen pagar semestralmente. Ten en cuenta que hay un contrato vinculante que no es laboral.
En el caso de los bancos lo que hacen es provisionar en sus balances las cantidades comprometidas. Se ahorran impuestos.

Por otro lado no me he referido a la baja incentivada de un solo trabajador. Eso es un pacto y no hay paro. Pero si lo haces en el marco de un expediente de regulación de empleo donde las bajas son muchas. Entonces si tendrías derecho a paro. Eso es lo que me explicaron en su día. Pero tampoco estoy seguro.
 
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