Entiendo que tendría que rectificar las bases del año anterior, dado que si meto "al mogollón" en la última nómina todo el importe pasaría de máximos...Dependerá de cómo esté previsto el caso concreto en el convenio de aplicación, a veces tienen el mismo tratamiento que las indemnizaciones según los tribunales y por tanto no cotizan, pero en términos generales el criterio de la SS es que sí cotizan prorrateando el importe entre los 12 meses anteriores.
Entiendo que tendría que rectificar las bases del año anterior, dado que si meto "al mogollón" en la última nómina todo el importe pasaría