Premio jubilación, ¿cotiza?

CC2019

Miembro activo
Buenos días compañeros, a ver si hay algún alma caritativa que me responda a la cuestión.

Mi agradecimiento por anticipado.
 

BELEN

Miembro conocido
Dependerá de cómo esté previsto el caso concreto en el convenio de aplicación, a veces tienen el mismo tratamiento que las indemnizaciones según los tribunales y por tanto no cotizan, pero en términos generales el criterio de la SS es que sí cotizan prorrateando el importe entre los 12 meses anteriores.
 

BELEN

Miembro conocido
Y a efectos de tributación podría tener una reducción del 30% en IRPF si se cumplen unos requisitos: que tenga una antigüedad de más de dos años y el convenio o pacto por el cual se estableció la obligación de dicho pago también supere este plazo
 

CC2019

Miembro activo
Dependerá de cómo esté previsto el caso concreto en el convenio de aplicación, a veces tienen el mismo tratamiento que las indemnizaciones según los tribunales y por tanto no cotizan, pero en términos generales el criterio de la SS es que sí cotizan prorrateando el importe entre los 12 meses anteriores.
Entiendo que tendría que rectificar las bases del año anterior, dado que si meto "al mogollón" en la última nómina todo el importe pasaría de máximos...
 

BELEN

Miembro conocido
si, lo que no sé es si sería via complementarias, o si lo puedes hacer dentro de la misma liquidación del mes, igual que hacemos con la indemnizaciones de fin de contrato o por despido, pero cotizando claro. Seguro que alguien del foro nos ilumina más, o un Casia... (miedo les tengo)
 
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