PREMIO POR JUBILACION

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes el convenio colectivo siderometalúrgico de la provincia de Badajoz establece lo siguiente:

"Artículo 44. Premio por antigüedad al cese.
Todos los trabajadores afectados por el presente Convenio y que teniendo una antigüedad en la empresa de al menos 20 años, opten por la rescisión voluntaria de su contrato de trabajo, recibirán junto a la liquidación de su cese, con carácter extra salarial, los siguientes premios:
Si en el momento de la rescisión voluntaria cuentan con 58, 59 ó 60 años de edad, el importe de lo que resulte de 7 mensualidades.
Si en el momento de la rescisión voluntaria cuenta con 61 años de edad, el importe de 6 mensualidades.
Si en el momento de la rescisión voluntaria cuenta con 62 años de edad, el importe de 5 mensualidades.
Si en el momento de la rescisión voluntaria cuenta con 63 años de edad, el importe de 4 mensualidades.
Si en el momento de la rescisión voluntaria cuenta con 64 años de edad, el importe de 3 mensualidades.

En mi caso el trabajador se jubila el próximo 15 de Junio con 66 años y 4 meses que es el dia que reune los requisitos para acceder a su jubilación ordinaria, como interpretais este último párrafo de ese artículo:
"Si en el momento de la rescisión voluntaria cuenta con 64 años de edad, el importe de 3 mensualidades"
Que a 15 de Junio (fecha de jubilación) tenga 64 años?
O que a 15 de Junio tenga 64 años o mas?
Muchas gracias
 

Cachilipox

Miembro conocido
Pues no sé, pero tiene todo el aspecto de ser una especie de compensación por irte voluntariamente a una situación o no jubilable, o de jubilación anticipada (por tanto, penalizada), con cantidades decrecientes a más edad (por tanto, menos anticipación de la jubilación y menos penalización).

Aunque lo llamen "premio por antigüedad", la operatoria descrita es más bien una "compensación por anticipación de jubilación".

Por el literal del convenio "tener x años de edad concreta", no entra.
Por el espíritu de la norma que es fácil adivinar, al acceder a jubilación ordinara, no corresponde.
 
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