Salvador de Algeciras
Miembro
Se me presenta documento en RECONOCIMIENTO DE DEUDA realizado por una empresa hacia un trabajador y correspondiente a salarios e indemnizaciones de los años 2008, 2009 y 2010. Este documento en reconocimiento de deuda está formalizado en fecha AGOSTO 2010. Plazo de prescripción de la cantidad? Entiendo que un año desde agosto 2010 y sobre todo el importe (aun cuando fueran cantidades de los ejercicios 2008 y 2009), aunque me he encontrado con alguna otra opinión que me dice que tanto la de 2008 como la de 2009 están prescritas. Teneis algún caso similar?
Saludos.
Saludos.