Prestación extraordinaria Fijo Discontinuo-Trabajador en IT

fjr187

Miembro
Buenas a todos!

Este es mi primer mensaje y antes de nada quiero daros las gracias y felicitaros por este magnífico foro, que en estos meses tan duros para todos ha servido de mucho ante las innumerables dudas y trabas que se nos ha puesto desde las administraciones.

Tras esta entrada expongo mi duda (he buscado por el foro y no lo he encotrado, pido perdón de antemano por si se hubiera tratado ya). Trata sobre la prestación extraordinaria para fijos discontinuos del RD 30/2020.

Hago una pequeña cronología:

1. El trabajado es llamado a fecha 01-03-2020 y entra en baja IT el 08-03-2020

2. El 14-03-2020 la empresa entra en ERTE, dicho trabajador está en el listado de trabajadores que se da a la Autoridad Laboral pero no se le aplica medida ninguna debido a su baja IT.

3. Llega el fin de temporada para el trabajador el 30-11-2020 y dicho trabajador sigue estando de baja IT

4. Va a recibir el alta el 10-02-2021.


Una de mis dudas, ¿Se presenta solicitud colectiva por parte de la empresa? Yo entiendo que si, según el Art 9.1 RD 30/2020

"La prestación extraordinaria se reconocerá a las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo y a aquellas que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en fechas ciertas que hayan estado afectadas, durante todo o parte del último periodo teórico de actividad, por un expediente de regulación temporal de empleo basado en las causas recogidas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, cuando dejen de estar afectados por el expediente de regulación temporal de empleo por alcanzarse la fecha en que hubiera finalizado el periodo de actividad"


Está afectado por un ERTE aunque no se han podido aplicar dichas medidas por su Baja IT

Otras dudas que se me plantean si hay que enviar la solicitud, ¿qué base reguladora poner? En un caso normal se pone la BR que se puso por primera vez, pero en este...
Y qué fecha poner de baja en el excel? el de fin de temporada? o el de la recuperación?

En fin, esto me está planteando bastantes dudas y en el SEPE no contesta (Que sorpresa....)he henviado un correo a ver si se dignan en contestar y le he cogido una cita al trabajador en el SEPE para ver que solución nos pueden dar.

A ver si alguno de vosotros ha tenido un caso parecido y pueda darle luz a esto.

Saludos.

 

NOMCIUT

Miembro
Yo tuve un caso parecido. Le corresponde la P.E. a partir del  alta de IT. Presenté solicitud FD con fecha fin de campaña el último día de baja IT. En cuanto a su BR desconozco en qué se basa el SEPE. Yo lo que hice es presentar certificado de empresa del día real del fin de campaña (en nuestro caso 30-09).
 

fjr187

Miembro
NOMCIUT dijo:
Yo tuve un caso parecido. Le corresponde la P.E. a partir del  alta de IT. Presenté solicitud FD con fecha fin de campaña el último día de baja IT. En cuanto a su BR desconozco en qué se basa el SEPE. Yo lo que hice es presentar certificado de empresa del día real del fin de campaña (en nuestro caso 30-09).

Gracias!!, tenía pensado como tú, con el certificado ya enviado en su momento y fecha una vez dado de alta de la IT.

También el trabajador tiene cita en el SEPE por si acaso
 
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