Prestación pago único autónomo

JIMORRISON

Miembro
Buenos días, Tengo una consulta: un trabajador estuvo empleado en una empresa durante 18 meses y causó baja voluntaria. Posteriormente, trabajó 3 días con un contrato de duración determinada.

Entiendo que no puede acceder a la prestación por desempleo, ya que no ha cumplido el requisito de los 3 meses en otra empresa. Mi duda es si, dado que en la última empresa la baja se produjo por finalización de contrato temporal, podría solicitar la prestación en la modalidad de pago único.

Gracias.-
 

Wastual

Miembro conocido
El pago único es una "forma de cobro" de la prestación contributiva por desempleo. Es decir, que esta última tiene que ser reconocida por el SEPE en primer lugar (al solicitarlo así y reunir los requisitos exigidos) y luego, aunque sea inmediatamente después, presentar la petición y documentación que acrediten que se puede optar por aquel en lugar del habitual cobro mensual.

Ahora bien, dos puntualizaciones:

- El requisito de de "trabajar noventa días" no es tal y cómo indicas, en absoluto (es una malinterpretación del art. 267.1.a).7º del TRLGSS): cuando se cesa en dos trabajos, si en ambos el cese ha sido por no superar el periodo de prueba, para acceder a la prestación por desempleo por este último tiene que haber transcurrido 90 días desde la primera. Ni siquiera se exige estar en situación de alta durante ese periodo.
Por tanto, en el caso que expones, se podría acceder a tal protección sin problema alguno a pesar de la duración del último, teóricamente...

- ...Y es que, a pesar de lo anterior (causa "tasada", por decirlo de alguna manera) creo que es fácilmente deducible que un trabajo de 3 días después de una baja voluntaria de un empleo con una duración de 18 meses, harán saltar las alarmas a la Inspección por si ha existido un posible fraude para el acceso a prestaciones...
 
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