PRESTACION CESE ACTIVIDAD RETA CUIDADO DE MENOR

Ferinho

Miembro activo
Buenos días, compañeros.

Tengo la duda de si existe esta causa para solicitar el cese temporal de actividad de una trabajadora autónoma ya que lo he leído y escuchado alguna vez pero no encuentro la normativa. Trabajadora autónoma que ha sido madre de dos niños y tras la maternidad del segundo hijo tiene que dejar de trabajar para cuidar a los dos niños al menos durante unos meses. ¿Puede pedir el cese de actividad temporal? ¿en caso de no existir normativa al respecto se englobaría dentro de causas organizativas?

Gracias!
 

Naialaboral

Miembro activo
Estas son las causas para pedir la prestación por cese actividad:

a prestación por cese de actividad de trabajadores autónomos es la prestación por desempleo de los trabajadores autónomos que, pudiendo y queriendo ejercer una actividad económica o profesional, hubieran cesado en su actividad.

Estos son los motivos por los que puedes solicitar la prestación por cese de actividad:

  • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que hagan inviable continuar con la actividad:
    – Pérdidas derivadas del desarrollo de la actividad en un año completo, superiores al 10% de los ingresos obtenidos en el mismo período, excluido el primer año de la actividad.
    – Ejecuciones judiciales o administrativas para el cobro de deudas, que representen al menos el 30% de los ingresos del último ejercicio.
    – Declaración judicial de concurso que impida continuar con la actividad.
El RD-ley 13/2022, de 26 de julio introduce, a partir del 2023, dos nuevos supuestos de cese de actividad parcial por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas en los que no es necesario el cierre del establecimiento:

– Reducción del 60% de la jornada de la totalidad de la plantilla o suspensión del 60% de los contratos de la empresa.
– Autónomos que no tengan trabajadores asalariados y mantengan deudas exigibles con acreedores que superen el 150% de los ingresos ordinarios o ventas durante dos trimestres fiscales previos.

  • Fuerza mayor, determinante del cese temporal o definitivo de la actividad. Para 2023, también se incorpora un nuevo supuesto de cese temporal parcial por fuerza mayor, cuando la interrupción de la actividad de la empresa afecte a un sector o centro de trabajo, vinculado a una declaración de emergencia adoptada por la autoridad pública competente.
  • Pérdida de la licencia administrativa.
  • Violencia de género que cause el cese temporal o definitivo de la actividad de la trabajadora autónoma.
  • Divorcio o acuerdo de separación matrimonial que ocasionen dejar de ejercer funciones de ayuda familiar en el negocio de su excónyuge o de la persona de la que se haya separado, en función de las cuales se esté incluido en el Régimen de Trabajadores Autónomos.
 
Arriba