Prestacion colectiva FD tras RDL 11/2021

Olivia74

Miembro
Chic@s una duda urgente, a raiz de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto Ley 11/2021 de 27 de mayo en el que se establece “Incorporación efectiva y aplicación de los expedientes de regulación temporal de empleo a las personas con contrato fijo-discontinuo o a las que realizan trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas”, dí de alta a los trabajadores FD que se encontraban en situación por desempleo, solicité ERTE por limitación y con fecha 08 de junio envié solicitud colectiva al SEPE. Sin embargo ayer fué una trabajadora y le dijero que allí no constaba nada!! He hecho escrito por REDSARA para ver cual es el problema pero conociendo como funciona aquí dudo mucho que me contesten............. Lo único que NO hice fué enviar los certificados de empresa de cada trabajador, ya que ellos causaron alta el 1 de junio y no hay ningún cálculo de nóminas, ya que yo solicito el ERTE con fecha 1 de junio. Pensáis que puede tratarse de ésto? No quiero que los trabajadores sufran las consecuencias de alguna negligencia mía.
 
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