PRESTACION POR DESEMPLEO - PAGO UNICO

MAJOGA

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Buenas tardes. A ver si alguien tiene algo de idea sobre este tema porque en el telefono de la esperanza (901335533) me dicen una cosa y en la administracion otra. Se trata de un autonomo que en 2011 solicito cobrar la prestacion por desempleo en forma de pago unico para montar un negocio. Este mes, sin haber transcurrido aun el plazo de 5 años, va a cerrar, por lo tanto pierde la exencion. Yo que ha de declararlo, que es como rendimientos del trabajo y en la renta de este ejercicio a presentar el año que viene, lo tengo claro. Lo que nadie ha sabido decirme es si se puede aplicar la reduccion del 40%. En el telefonillo me dicen que si (lo cual olvide decir que me dieran el numero de alguna consulta para comprobarlo) y en la administracion me dicen que no, de hecho me han dado una consulta, pero es del año 97 y lo que dice es que el pago unico podra imputarse como renta regular a cada uno de los periodos impositivos en que, de no haber mediado pago unico. Pero lo de imputar a cada ejercicio, desde 2012, al no haber limite en cuanto a la cantidad exenta, ha desaparecido.

Gracias, un saludo y perdon por la chapa
 
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