PRESTACION POR DESEMPLEO

Cristinagr

Nuevo miembro
Buenas, tengo el caso de que un trabajador ha pedido una excedencia de 7 años en su empresa.
le van a contratar ahora por vacaciones en verano 2 meses en otro trabajo diferente.
tendria derecho a la totalidad de la prestacion por desempleo?
Desconozco si estos temas estan un poco perseguidos por tema de supuesto fraude.
no es el caso de esta persona, simplemente que quiere trabajar en lo que le salga.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
opino que ...

1.- en el inem le van a pedir documentación de solicitud excedencia, respuesta empresa y lo que estimen conveniente
2.-se supone, o deberían mirar con lupa el nuevo contrato
3.- si la excedencia en la empresa está vigente se supone que podrá cobrar hasta que finalice la excedencia, y si fionaliza antess de seguir cobrando tendrá que solicitar la reincorportación , si no hay plaza podrá seguir cobrando lo que le quede, y el sepe podrá pedir documnetacion controlar el tema en cualquier momento
 

Nando_bcn

Miembro conocido
"no es el caso de esta persona, simplemente que quiere trabajar en lo que le salga"
Pero le preocupa el poder cobrar la prestación de desempleo completa :rolleyes:

Especulaciones a parte, y más allá del matiz que ya se ha apuntado sobre la duración máxima de las excedencias (¿se trata de un funcionario, tal vez?) y de que desde el SEPE, al detectar la excedencia, probablemente le exijan que solicite la reincorporación y denegación de la misma por parte de la empresa, aunque la excedencia aún no haya vencido (y de nuevo al llegar a su vencimiento si sigue cobrando la prestación)... ¿cuándo inició la excedencia)?
Porque si, una vez finalizado este contrato aún no han transcurrido 3 meses desde el inicio de la excedencia, y aunque la norma (art. 167 LGSS) contempla esta limitación para el caso concreto de la no superación del periodo de prueba, es muy probable que el SEPE le deniegue la prestación por considerar que ha habido fraude (y tal vez con connivencia de la empresa) para obtener la prestación.
Es cierto que es una presunción (y que suelen tener en casos de despidos, fin de contrato, no solo por no sup. del periodo de prueba, que, como digo, es el supuesto concreto que contempla la norma) y que debería ser el SEPE el que la acredite, pero vaya, pueden haber supuestos justificados pero es normal que genere recelos el que alguien deje voluntariamente un trabajo para aceptar otro de tan corta duración y justo acabe solicitando la prestación de desempleo (que, repito, no sé si es el caso, si tal vez la excedencia la empezó hace ya tiempo, si existía alguna circunstancia que justificara cesar por decisión propia en la anterior empresa saliendo con una mano delante y otra detrás...)
 

Eric Arthur Blair

Miembro activo
Si estando en excedencia voluntaria, trabajas en otra empresa diferente y al finalizar tu contrato por causas ajenas a tu voluntad solicitas la prestación por desempleo, podrías tener derecho a la misma:

  • Si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado cuando se produce la situación legal de desempleo. En este caso, si la duración de la prestación supera la de la excedencia, cobrarás la prestación hasta que finalice dicha excedencia. En ese momento la prestación se suspenderá, ya que debes solicitar tu reincorporación a la empresa y esperar su respuesta. Si la empresa manifiesta la imposibilidad de aceptar tu reincorporación por falta de vacante adecuada, o deniega la misma en ese momento pero admite el reingreso en una fecha futura, podrás continuar percibiendo la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice.
  • Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya hubiera transcurrido cuando solicitas la prestación por desempleo o no estuviera previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida. En este caso, es obligatorio solicitar primero el reingreso en la empresa. Mientras la empresa no te responda, no es posible resolver la solicitud de prestación por desempleo, por no tener situación legal de desempleo. Si la empresa responde que en ese momento no te puedes reincorporar, ya tendrías situación legal de desempleo y se podría resolver tu solicitud de prestación.
Fuente: SEPE
 

Cristinagr

Nuevo miembro
Si estando en excedencia voluntaria, trabajas en otra empresa diferente y al finalizar tu contrato por causas ajenas a tu voluntad solicitas la prestación por desempleo, podrías tener derecho a la misma:

  • Si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado cuando se produce la situación legal de desempleo. En este caso, si la duración de la prestación supera la de la excedencia, cobrarás la prestación hasta que finalice dicha excedencia. En ese momento la prestación se suspenderá, ya que debes solicitar tu reincorporación a la empresa y esperar su respuesta. Si la empresa manifiesta la imposibilidad de aceptar tu reincorporación por falta de vacante adecuada, o deniega la misma en ese momento pero admite el reingreso en una fecha futura, podrás continuar percibiendo la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice.
  • Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya hubiera transcurrido cuando solicitas la prestación por desempleo o no estuviera previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida. En este caso, es obligatorio solicitar primero el reingreso en la empresa. Mientras la empresa no te responda, no es posible resolver la solicitud de prestación por desempleo, por no tener situación legal de desempleo. Si la empresa responde que en ese momento no te puedes reincorporar, ya tendrías situación legal de desempleo y se podría resolver tu solicitud de prestación.
Fuente: SEPE
De acuerdo muchas gracias!!!
 

MAMAPA

Miembro
Buenos días:
Una trabajadora está en situación de excedencia por cuidado de hijos desde noviembre 2024. La tiene solicitada por 2 años.
Lleva contratada los fines de semana como empleada de hogar todo el mes de febrero. El contrato le durará hasta finales de mes, que es cuando la persona a la que cuida por una operación, esté posiblemente recuperada.
¿puede solicitar la prestación por desempleo? Le veo semejanza a los casos de excedencia voluntaria que contempla el SEPE. Pero al ser por guarda legal, me han entrado dudas.
Gracias.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
En este caso tiene reserva de puesto de trabajo (no necesariamente del mismo que ocupaba, si ha transcurrido el primer año) pero tiene reserva de puesto. No estamos ante un caso similar.
 
Última edición:

MAMAPA

Miembro
En este caso tiene reserva de puesto de trabajo (no necesariamente del mismo que ocupaba, si ha transcurrido el primer año) pero tiene reserva de puesto. No estamos ante un caso similar.
Por convenio tiene reserva de puesto los dos primeros años. Entiendo que puede solicitar la prestación por desempleo sin problema puesto la situación de excedencia continua. Opináis lo mismo?
En preguntas frecuentes del sepe aparece esta:

Estoy en excedencia voluntaria en mi empresa. ¿Puedo cobrar el paro?​


Si al pasar a la situación de excedencia voluntaria en tu empresa, solicitas la prestación por desempleo, se te denegará porque no tienes situación legal de desempleo.
Si estando en excedencia voluntaria, trabajas en otra empresa diferente y al finalizar tu contrato por causas ajenas a tu voluntad solicitas la prestación por desempleo, podrías tener derecho a la misma:
  • Si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado cuando se produce la situación legal de desempleo. En este caso, si la duración de la prestación supera la de la excedencia, cobrarás la prestación hasta que finalice dicha excedencia. En ese momento la prestación se suspenderá, ya que debes solicitar tu reincorporación a la empresa y esperar su respuesta. Si la empresa manifiesta la imposibilidad de aceptar tu reincorporación por falta de vacante adecuada, o deniega la misma en ese momento pero admite el reingreso en una fecha futura, podrás continuar percibiendo la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice.
  • Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya hubiera transcurrido cuando solicitas la prestación por desempleo o no estuviera previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida. En este caso, es obligatorio solicitar primero el reingreso en la empresa. Mientras la empresa no te responda, no es posible resolver la solicitud de prestación por desempleo, por no tener situación legal de desempleo. Si la empresa responde que en ese momento no te puedes reincorporar, ya tendrías situación legal de desempleo y se podría resolver tu solicitud de prestación.
 
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