Problema pago de comisiones tras la marcha de trabajador

Aitorcadi

Nuevo miembro
Hola

Primero buenas tardes.

Quería hacer una consulta referente a un problema que estoy teniendo con un ex trabajador de mi empresa.

El tema es que este trabajador decidió irse de un día para otro y sin aviso por escrito. Por otro lado en el contrato que firmo cuando empezó a trabajar para mi firmo un documento con una cláusula que yo como empresario he decidido añadir diciendo que el pago de las comisiones (cobraba fija + variable) solo se garantiza mientras este contratado por la empresa.

Esto lo hago principalmente pq es un negocio donde se tarda mucho en formar a alguien para que pueda volver a trabajar al nivel de la persona anterior que se ha ido y me afecta de manera muy dura la marcha de alguien ya que la atención a nuestros clientes baja el nivel por unos meses.

El tema es que como este empleado me comentó que se tenía que ir pq estaba enfermo (lo cual creo que no era verdad solo que quería irse a su país de origen pero vamos no soy doctor para saberlo) pues le dije que no había problema y que una vez entraran las dos ventas que había hecho hablaríamos lo de la comisión que aunque según contrato no tengo porque pagarlas, como era un tema en principio de salud y que este empleado se mudaba a otro país pues le dije que acordaríamos algo según lo que nos afectara en el negocio etc.

El problema es que tras no haber llegado a un acuerdo con el empleado, el cual me reclama el 100% de las comisiones pues hemos decidido ir a juicio ya que parece que es la única manera de arreglarlo.

He de decir que mi asesoría laboral me dijo que añadir esa cláusula era posible pero ahora después de varios años mi asesor laboral me ha dicho que eso no se puede hacer y me he quedado un poco a cuadros.

Alguien podría por favor explicarme que dice la ley en casos como estos?

Muchas gracias por la ayuda
 

Mr. White

Miembro activo
La cláusula sobre variables condicionados a la permanencia en la empresa es posible y legal.

Ahora bien, hay que ver el redactado exacto de esa cláusula para ver la viabilidad de su reclamación. Cualquier inconcreción va a favor del trabajador, pues es la empresa quien la redacta e incluye, y cualquier inexactitud o falta de concreción nunca le puede favorecer.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Un par de añadidos: le puedes descontar el preaviso no concedido (puedes ir por reconvención, anunciándola en la conciliación) o bien,. incluso, por compresación de deudas en caso de ser condenado.

Por otro lado, la cláusula es válida en principio (siempre respetando lo dicho por Mr. White). Y te sería aplicable pero, ojo, si la extinción fuera por culpa del empresario (un despido improcedente), entonces, dudo que el empleado no pudiera percibir las condiciones por él devengadas, pues la extinción se hubiera producido a causa de un actuación ilegítima del empresario, y el cumplimiento de las cláusulas de un contrato no se pueden dejar al albedrio de una de las partes.
 

Aitorcadi

Nuevo miembro
Buenas tardes y muchas gracias por la aclaración y ayuda.

Lo que pone en el contrato del trabajador es que las comiciones se pagarán siempre que siga trabajando para la empresa.

Como antes comente no fue un despido improcedente, el trabajador decidió irse sin no siquiera respetar los 15 días de aviso que tenemos por norma. Firmo la baja voluntaria y se fue.

Un saludo
 

Aitorcadi

Nuevo miembro
Acabo de leer el contrato firmado y pone lo siguiente por sí puede aclarar la situación.

En el mes que el/la trabajador/a recibe incentivos el salario neto será de XXX + incentivos brutos.
El/la trabajador/a mientras este contratado por la empresa XXX percibirá, además de su nómina mensual ....

El derecho de comisión se devenga por mes natural vencido y se abona en el mes que el cliente haya hecho efectivo el pago...

Un saludo y gracias de nuevo
 

Mr. White

Miembro activo
Con esa redacción de la cláusula veo cierta viabilidad su reclamación.

Sobre todo por esto: "El derecho de comisión se devenga por mes natural vencido y se abona en el mes que el cliente haya hecho efectivo el pago...".

Él hizo dos ventas estando en activo en la empresa (ya tiene el derecho devengado) y el abono de esa comisión solo se condiciona a que se haga en el mes en que se haga efectivo el pago. Si ha sido después de su baja voluntaria, ello no debería justificar que no se lo abonéis (como tampoco estaría justificado - salvo absorciones,...-  que una empresa no abone a un trabajador - ya de baja en la empresa- el incremento salarial ordenado por Convenio Colectivo con efectos retroactivos respecto a periodos donde el extrabajador sí estuvo de alta).

Además, lo ya comentado, la jurisprudencia, en caso de dudas en la interpretación de la cláusula por su propia redacción, es bastante clara en que eso no debe favorecer a la empresa, quien pudiendo dejarlo todo muy clarito, no lo hizo ( se basan en los arts. 1284 y 1288 CC).
 

Aitorcadi

Nuevo miembro
Pues menuda faena vaya asesoramiento que me ha hecho la asesoría laboral.... Q desastre.

Una pregunta, al decir en el contrato que el trabajador cobrara las comiciones mientras este contratado por la empresa no implica que una vez la persona se haya ido no se lo tenemos porque pagar?

Un saludo y gracias
 

Mr. White

Miembro activo
Sí, por supuesto, por ahí es por donde debe ir vuestra defensa, en mi opinión. Como comenté, veo cierta viabilidad a su reclamación, no que tenga el tema ganado al 100%. Toca pelearlo o negociar un acuerdo (ya se sabe el dicho: más vale un mal acuerdo, que un buen juicio).

Saludos y suerte.



 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, tamibén dices que firmastéis después las partes que "el derecho al cobro sólo se garantiza mientras el trabajador esté en la empresa". Así, a grandes rasgos, y si la baja es voluntaria, entiendo que podría defenderse que sólo se cobra mientras el señor esté en la empresa. Pero estoy cno Mr. White que la oscuridad en una de las cláusulas nunca puede beneficiar a la parte que la provocó (la empresa), y la cláusula no es clara. Debería haberse redactado de nuevo el clausulado de comisiones claramente.

Lo dicho: si te condenan, intenta que te comensen el preaviso no concedido (puedes pedir reconvención en cmac o, incluso, compensación de deudas en el mismo acto de juicio).
 

Aitorcadi

Nuevo miembro
Muchas gracias por las respuestas.

A ver lo que pasa la verdad es que me da bastante coraje negociar más que nada pq ya era algo q íbamos a hacer de buena fe sin meter abogados por medio y ahora me san ganas de no darle un duro pero bueno hablare con un abogado y a lo que salga.

Gracias de nuevo
 

Aitorcadi

Nuevo miembro
Una última pregunta, es cierto que si un trabajador tiene un contrato permanente y se marcha antes de 2 años es posible que tenga que compensar a la empresa? Lo he leído por ahí peor no se sí es cierto ya que es el caso.

Gracias
 

Mr. White

Miembro activo
El contrato permanente no existe.

Lo de los dos años de permanencia viene  referido a cuando el empresario ha facilitado una especialización profesional al trabajador y se pacta una permanencia máxima de dos años. En esos casos, si el trabajador abandona el trabajo antes del plazo, el empresario tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios.
 

Aitorcadi

Nuevo miembro
Hola,

Me gustaria pedir un poco de ayuda en como redactor una clausula en el contrato que diga que el pago de comisiones queda totalmente una vez se hayan ido de la empresa queda totalmente a decider por la empresa.

Podria alguien echarme un cable de como redactor esto para adjuntarlo al contrato ya que mi asesor laboral me sigue diciendo que el opine que esto no se puede hacer.

un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Una claúsula que dice que el cobro de una comisión queda al arbitrio de la empresa si el trabajador marcha, es nula, porque no se puede dejar´el cumplimiento de una cláusula a voluntad de una de las partes.

Otra cosa sería, por ejemplo, poner condiciones al cobro que, eso sí, no dependan de la empresa. Por ejemplo: una baja voluntaria, un despido objetivo, uno disciplinario, etc...
 

Aitorcadi

Nuevo miembro
GRacias

Y se podria poner que no se pagarán comisiones una vez que el trabajador deje la empresa? y luego ya dependiendo de las circunstancias nosotros hacerlo como lo hacemos ahora?

un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, Sandrita, pero la comisión nace de un acuerdo bilateral empresario-trabajador y no salario mínimo establecido en convenio. Por tanto ,se pueden establecer ciertos límites al cobro, siempre que los mismos no supongan que el pago de la comisión se deja al libre albedrío del empresario. Así, no puedes pactar que el empresario te despida improcedentemente y que eso haga que deje de pagar las comisiones. Sí se podría, bajo mi punto de vista, pactar que el empresario deje de pagar si el trabajador se va voluntariamente o si hay despido procedente del tipo que sea.

Luego, otro tema, son las condiciones consolidadas: no puedes establecer cláusulas limitando el pago, a no ser mediante art. 41 LET. (modificación sustancial condiciones de trabajo).
 

Mr. White

Miembro activo
Lo veo como Fernando.

Si es el propio trabajador quien con su decisión de extinguir la relación laboral impide que tenga lugar la condición - permanencia y/o vigencia de la relación laboral a determinada fecha o durante cierto período de tiempo-, entonces pierde el bonus al 100%.

 
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