Buenos dias. Perdonar si este tema ya ha salido por el foro, pero no lo encuentro y no se si mi razonamiento es el correcto:
Empresa en erte desde marzo que ha tenido exoneración de cuotas hasta septiembre de 2.020
A partir de 01-11-2020 cuando hay que comunicar la situación concreta a los efectos de los seguros sociales del mes de octubre para los trabajadores que continuan en erte y ya SIN exoneración de cuotas:
No hay que hacer ningún tipo de declaración responsable, ni 58 ni 59 ni ninguna otra
Se mantienen las letras para los trabajadores que aún siguen en ERTE
En el mes de octubre he incorporado un asalariado que estaba en ERTE al 100% vuelve a su jornada al 100% en al empresa. Sustituyo con efectos del dia de reincorporacion la letra V por la R
Otra empresa y otro trabajador que ya estaba al 100% fuera del erte, vuelve al mismo al 50% de la jornada. Sustituyo con efectos de ese dia de vuelta al erte la clave R por la clave U y coeficiente 50%.
Por favor, este razonamiento es el correcto. Gracias
Empresa en erte desde marzo que ha tenido exoneración de cuotas hasta septiembre de 2.020
A partir de 01-11-2020 cuando hay que comunicar la situación concreta a los efectos de los seguros sociales del mes de octubre para los trabajadores que continuan en erte y ya SIN exoneración de cuotas:
No hay que hacer ningún tipo de declaración responsable, ni 58 ni 59 ni ninguna otra
Se mantienen las letras para los trabajadores que aún siguen en ERTE
En el mes de octubre he incorporado un asalariado que estaba en ERTE al 100% vuelve a su jornada al 100% en al empresa. Sustituyo con efectos del dia de reincorporacion la letra V por la R
Otra empresa y otro trabajador que ya estaba al 100% fuera del erte, vuelve al mismo al 50% de la jornada. Sustituyo con efectos de ese dia de vuelta al erte la clave R por la clave U y coeficiente 50%.
Por favor, este razonamiento es el correcto. Gracias