Me ha llegado una propuesta de liquidación de una declaración de renta de un Autónomo, en la cual no le admiten la deducción de los gastos de personal. Concretamente del Autónomo Colaborador que tenía (su hijo). Según me comenta, él le hacía las nóminas pero no le hacia retención de IRPF y tampoco presentaba el 111 ni el 190. Por lo que la AEAT le dice que no queda acreditada su realidad, aunque él presentó las nóminas en un requerimiento anterior(pero el pago fue en efectivo) El caso es que la AEAT le pide que acredite los salarios y le pide contrato de trabajo registrado en el SEPE del Autónomo Colaborador y el modelo 190.
Es obligatorio registrar por el SEPE un contrato para los Autónomos Colaboradores?, no se si hacer recurso porque lleva más de 5 años haciendo lo mismo y puede que revisen 4 años atrás
. Qué opináis????
Es obligatorio registrar por el SEPE un contrato para los Autónomos Colaboradores?, no se si hacer recurso porque lleva más de 5 años haciendo lo mismo y puede que revisen 4 años atrás