Prorrata Iva

Carlos80

Miembro
Buenas noches.

Por si alguien me puede ayudar.
Me acabo de acordar ahora. Un cliente en E.Directa simplificada tiene una peluqueria y en dicha peluqueria tiene dos actividades.
La de cortar el pelo ( con iva) y otro de comercio al por menor de productos de perfumeria y cosmetica ( sin iva). Empezó a vender los productos en el 3ºTrimestre.
Es muy poco lo que ha vendido. Si hago el % de la regla de la prorrata sale un 96%,por lo que el programa de gestión que utilizo deduce el 100% de lo compartido entre las dos actividades.
Aplico la prorrata especial. Mi pregunta es, que tendría que haber señalado en el modelo 303 para señalar que he aplicado la prorrata especial. y en el 390 tendría que haber marcado alguna casilla también.

Por favor alguien que sepa del tema y me pueda ayudar.
Gracias.

 

anpote

Nuevo miembro
Son actividades diferenciadas y no tienes que aplicar prorrata. La venta de cosmética es comercio menor y tiene que llevar recargo de equivalencia.
Luego tendras gastos compartidos que harán que el IVA sea deducible solo al 50%, como la factura de la gestoría, por ejemplo o el alquiler del local comercial.
 

Carlos80

Miembro
Gracias Anpote, pero una pregunta lo del gasto deducible al 50%, si en la peluquería saca 86.000€ de ventas y en la venta de productos de cosmética solo 2400€, se podrá deducir muchisimo mas que el 50%, verdad?
 
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