Esto he recibido yo,
Buenos días.
Como continuación al reciente correo remitido por esta Dirección Provincial identificando a los trabajadores autónomos societarios -en un fichero Excel-, de los cuales tiene pendiente de comunicar los datos relacionados en los párrafos 1.º a 8.º del artículo 30.2.b) del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, y donde se indicaba como plazo prudencial de comunicación hasta el 30 de abril de 2024, una vez vencido el anterior plazo legal el 31/10/2023.
Le informo que en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del RD 322/2024 de 26 de marzo (BOE del 27 de marzo) por el que se modifican el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, se ha fijado un nuevo plazo legal de comunicación de dichos datos, que vence el 30 de junio de 2024.
Un saludo