Hombre Fernando, pues dependerá de las circunstancias del caso y de la suerte.
Probablemente no pase nada (encima parece que para las nuevas bonificaciones en las cotizaciones por contingencias profesionales los accidentes in itinere no se consideran), sobretodo si no tienes demasiados accidentes in itinere, pero por suceder...
te cuento un caso extremo que le sucedió a una empresa bastante conocida y del que tengo referencias de primera mano (conozco al que entonces era su responsable de prevención). Una empleada tuvo un accidente al dirigirse al trabajo conduciendo su ciclomotor. Falleció. el caso es que la causa del accidente no eran ni siquiera culpa de la empleada, colisionó con otro vehículo que no respetó al prioridad de paso, o semáforo, etc, El caso es que, sean las circunstancias que sean, cuando tienes un accidente mortal es fijo que te va a visitar a inspección. La empresa lo imaginaba y no estaban preocupados por ello, dadas las circunstancias del caso (obviamente estaban muy afectados por el fallecimiento de la empleada pero no temian por responsabilidades). Es más, al margen de descartarse culpa por parte de la empleada, en el documentación sobre prevencion que entregaban a los empleados y en el curso no presencial (por ordenador) que recibian de inicio, había un módulo se seguridad vial. Bien, pues el caso es que fueron sancionados (y fue una pasta!) por no impartir formación PRESENCIAL EN SEGURIDAD VIAL!!.
Ya he dicho que es un caso extremo, pero dado el margen de sorpresa que existe cuando te visita la inspeccion, y sobretodo cuando hablamos de Prevencion de Riesgos, prefiero no incurrir en ninguna circunstancias que favorezca su visita, por muy tranquila que yo creo pueda tener la conciencia.
Y bueno, acabo de decir que en el nuevo sistema de bonificaciones, los in itinere no te cuentan, pero a otros efectos, y ya los accidentes laborales en general..., en fin..., de todo lo que contribuya a aumentar el indice de sinistralidad de la empresa no puedes esperar nada bueno.
En cualquier caso, repito que soy partidario de hacer las cosas bien, y ademas, si estamos hablando de un accidente in itinere, de consecuencias relativamente leves y si se trata de un caso aislado, tampoco he de volverme paranoico, seguramente no habrá más problemas. No voy a plantear el empleado que falsee la información para que asi se trate como accidente común.
Y bueno, hay que ver cada caso. Mi empresa está en un poligono industrial, mucha gente debe utilizar su vehículo particular, nuestra actividad propiamente dicha (informatica en entorno de oficina) no estraña demasiados riesgos, y, de hecho la practica totalidad de accidentes laborales son in itinere. En cuando a medidas de prevención, básicamente se nos va a pedir que tratemos de actuar sobre este riesgo: formacion (on line y presencial) en seguridad vial, posibilidad de transporte de empresa, etc. Por eso, a la que tenemos unos cuantos accidentes in itinere nos preocupa que puedan achacarnos alguna deficiencia a nivel de prevención.
Y bueno, ya en otro orden de cosas, la cosulta era sobre ventajas o inconcenientes para la empresa. Para el trabajador está claro, salvo que tenga mejoras por convenio (y aún así...) queda mucho más protegido si se considera accidente laboral que común.
Saludos