anabel dijo:
Hola buenos días, tengo una duda:
el titular de una explotación agraria, tiene como trabajo habitual la construcción, y no está dado de alta en el RETA AGRICOLA.
ahora se encuentra cobrando el desempleo, para coger su aceituna, sin darse de alta en el régimen agricola ¿tiene que parar la prestación o es compatible, suponiendo que su medio fundamental de vida no es el campo?
gracias!!
Ese es el problema que tenemos: que el jubilado empresario no deja su negocio; que el médico jubilado no deja su consulta particular; que el parado no se para del todo aunque cobre el "subsidio"; que el que tiene una parcelilla de olivos aprovecha la oportunidad de coger su aceituna mientras está cobrando el paro. Y digo yo, ¿la aceituna será la de agua o de mesa, porque hasta diciembre no se pone negra la de aceite?
Pues hombre, todo depende como ya han contestado anteriormente:
1. Si la actividad es coger un par de cubos de aceituna de su propiedad, para aliñarlas tras partirlas o echarlas en salmuera para consumo propio, regalarlas a la familia o a los amigos, logicamente aquí no existe necesidad de darse de alta en el REA; si en el desempleo. Tampoco deberia hacerlo si el olivar no es suyo, sufre la tentación y el mismo está en la orilla de la carretera.
2. Si por el contrario a lo anterior esa aceituna de su propiedad es vendida a terceros, lógicamente hay que darse de alta del desempleo dejando de cobrar, porque se está ejerciendo una actividad o semi-actividad por cuenta propia.
Como no se indica el nivel de renta que supone los frutos de la aceituna no entro en si debe o no cursar su alta en el RETA, pues todo dependerá del volumen de ingresos (los rendimientos anuales netos obtenidos de la explotación agraria, por cada titular de la misma, no deben superar una cuantía equivalente al 75 por ciento del importe, en cómputo anual, de la base máxima de cotización establecida en cada momento en el Régimen General de la Seguridad Social) que le reporte. Lo que si queda claro es, que para inscribirse como empresario, necesitaria contratar a empleados por cuenta ajena.
Saludos y perdón por la ironía.