Buenas tardes. En el caso de un encuadramiento erróneo de Administrador (retribuido, anotado en los estatutos y no socio, se ha dado de alta en Régimen general y se ha cotizado por el desempleo). La antigüedad es de 8 meses. Se puede solicitar la modificación de manera retroactiva y después solicitar los ingresos indebidos (lo de desempleo). Quedo a la espera de sus respuestas y muchas gracias por la ayuda!!