Hola a todos!
Nos ha llegado resolución de régimen de impatriados de un trabajador que tenemos contratado desde junio 2023. Hasta ahora lo hemos incluido en el 111 pero, a partir de ahora, debemos incluirlo en el 216 dado que se lo han concedido durante los periodos impositivos 2023-2028 ¿Debo hacer complementaria del 216 o consideráis adecuado ajustar los importes del 111 de octubre minorando base y cuota y el 216 aumentando base y cuota para así evitar las complementarias?
Espero vuestros sabios consejos.
Nos ha llegado resolución de régimen de impatriados de un trabajador que tenemos contratado desde junio 2023. Hasta ahora lo hemos incluido en el 111 pero, a partir de ahora, debemos incluirlo en el 216 dado que se lo han concedido durante los periodos impositivos 2023-2028 ¿Debo hacer complementaria del 216 o consideráis adecuado ajustar los importes del 111 de octubre minorando base y cuota y el 216 aumentando base y cuota para así evitar las complementarias?
Espero vuestros sabios consejos.