Régimen de impatriados/Ley Beckham

fmac

Nuevo miembro
Hola a todos!

Nos ha llegado resolución de régimen de impatriados de un trabajador que tenemos contratado desde junio 2023. Hasta ahora lo hemos incluido en el 111 pero, a partir de ahora, debemos incluirlo en el 216 dado que se lo han concedido durante los periodos impositivos 2023-2028 ¿Debo hacer complementaria del 216 o consideráis adecuado ajustar los importes del 111 de octubre minorando base y cuota y el 216 aumentando base y cuota para así evitar las complementarias?

Espero vuestros sabios consejos.
 

sonic83

Miembro
Buenos días.
Por favor tómalo como una opinión, no tengo o hemos tenido ningún caso parecido.
Por una parte el 216 es para los ingresos percibidos por No residentes SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE.

Por otra parte entiendo que os han aceptado la solicitud de aplicación de la Ley Beckhan (24%).

Siendo "puristas" ya sabes......

Y en el otro punto, mientras no perjudiques la arcas del estado, pienso que en un momento dado podrías defenderlo, el problema es que dudo mucho que se metan en esto, o con un escrito de comunicación queden conformes, pero dependerá mucho de la rapacidad de la administración de tu comunidad, y ahí ya la bola de cristal


salvo mejor opinión que seguro las habrá.
Saludos .
 

fmac

Nuevo miembro
Buenos días.
Por favor tómalo como una opinión, no tengo o hemos tenido ningún caso parecido.
Por una parte el 216 es para los ingresos percibidos por No residentes SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE.

Por otra parte entiendo que os han aceptado la solicitud de aplicación de la Ley Beckhan (24%).

Siendo "puristas" ya sabes......

Y en el otro punto, mientras no perjudiques la arcas del estado, pienso que en un momento dado podrías defenderlo, el problema es que dudo mucho que se metan en esto, o con un escrito de comunicación queden conformes, pero dependerá mucho de la rapacidad de la administración de tu comunidad, y ahí ya la bola de cristal


salvo mejor opinión que seguro las habrá.
Saludos .
Gracias por tu respuesta y ayuda. Un saludo
 

AlbaT

Miembro
Buenos días,

que modelo hay que presentar con un trabajador que le han aprobado la aplicación de la Ley Beckhan?
Veo algo del modelo 151... pero hasta ahora lo estabamos haciendo desde el 216...
 
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