Pedro G
Miembro
A mí, en las jubilaciones de autónomos, las bajas las hacía el INSS de oficio una vez resuelta. En este caso, como hasta que emitan la resolución, indicando que cumple los requisitos, no tengo previsto acudir a la TGSS.
Por lo que respecta al R.G. no sé porque tiene que hacer nada en las escrituras, si cuando es autónomo no lo hace. Es todo muy nuevo, sin reglamentar, y estamos a ver lo que dicen. Ya os informaré de la jubilación que presenté ayer.
Por lo que respecta al R.G. no sé porque tiene que hacer nada en las escrituras, si cuando es autónomo no lo hace. Es todo muy nuevo, sin reglamentar, y estamos a ver lo que dicen. Ya os informaré de la jubilación que presenté ayer.