Buenos días,
En el RD 11/2021 establecen que los fijos discontinuos que no sean llamados entre el 01.06.2021 a 30.09.2021 deben ser incluidos en el ERTE de la empresa.
Pregunta: ¿para incluir a estos trabajadores sería necesario tramitar el alta en la Seg. Social, o bastaría con comunicarlo a la AL?
En el RD 11/2021 establecen que los fijos discontinuos que no sean llamados entre el 01.06.2021 a 30.09.2021 deben ser incluidos en el ERTE de la empresa.
Pregunta: ¿para incluir a estos trabajadores sería necesario tramitar el alta en la Seg. Social, o bastaría con comunicarlo a la AL?