Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar

FERNANDO

Miembro conocido
Mientras no se sancione, no deja de ser un brindis al sol. Lo único que te pueden pedir es daños y perjuicios en caso de accidente grave.
 

africallora

Miembro conocido
Mientras no se sancione, no deja de ser un brindis al sol. Lo único que te pueden pedir es daños y perjuicios en caso de accidente grave.

Fer, en caso de accidentes leves, graves, por un enfado que tengas con la EH por temas nímios como las vacaciones y te quiera hacer daño, etc. El/la denunciante va a ser quien tienes trabajano en casa. Y la sanción por parte de la ITSS va a ser la misma que si estaría trabajando en Petronor. Cuidado con esto.
 

Amanda

Miembro
Hola,

Acabo de comprobar si había alguna noticia acerca de la aplicación gratuita... pero no veo nada. Así que, de momento, no debemos hacer nada....
 

MARTALCAB

Miembro activo
Aparece esto hoy en la prensa ¿Sabéis algo mas al respecto?
lo tienes en otro hilo, Es la herramienta para la evaluación de riesgos que tiene que hacer el "EMPLEADOR/ASESORIA"
 

PEDRO

Miembro conocido
¿Alguien se ha puesto con la dichosa herramienta? pregunto por si lo podemos hacer nosotros como asesores o no queda mas remedio que llamar al cliente e ir ayudándolo.
 

toni

Miembro conocido
Yo hice una con la empleada de mi jefa... Un coñazo vamos, muy repetitiva con las preguntas, total, puse a todo OK y palante... Y si, podemos hacerlo nosotros como autorizados...
 

PEDRO

Miembro conocido
Voy a plantearles a los jefes que hablen con una empresa de prevención, si lo hago yo luego ya me cae el cargo y la responsabilidad, y como que no ¿Sabes? No tengo ganas de tirarme una mañana grabando datos y luego les cobras y aun protestan.
 

MACALENA

Miembro activo
Sobre ofrecer el reconocimiento médico a los trabajadores, ¿sabéis cómo se solicita al servicio público de salud? Porque si no está habilitado, me temo que por mucha herramienta, caemos en manos de los servicios de prevención que, a fin de cuentas, tampoco van a visitar el domicilio particular, cumplimentarán la herramienta y cobrarán sólo por el reconocimiento.
¿Es así o estoy equivocado?
 
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