Real Decreto-ley 7/2023

Cachilipox

Miembro conocido
Tiene todo el sentido del mundo, si pones el foco de atención donde debes ponerlo, que es en dedicar un tiempo diario (un ratito) al cuidado del bebé lactante, a cargo de la empresa.
Y la normativa dice que va a cargo de la empresa hasta 1 hora diaria en día laborable de cuidado y atención.
Cambiar un pañal o darle un bibe cuesta el mismo tiempo sea cual sea tu jornada laboral.

Por analogía o similitud, es como si un convenio establece un plus "por asistencia" al trabajo, y no diferencia entre jornada completa o parcial. Ir y volver de trabajar cuesta lo mismo, sea para realizar una jornada completa de 8 horas o una jornadilla de 1 hora diaria.
Que el efecto relativo en base a cual sea tu porcentaje de jornada genera cosas aparentemente paradójicas, es ya cosa distinta.
Por ejemplo un CTP 0,125 "horizontal" (jornada habitual de 1 hora diaria de lunes a viernes), generaría un permiso continuado hasta los 9 meses de bebé.
Pues sí, son cosas de la matemática.

Pero no hay ofensa ni agravio
Por ejemplo, en ese supuesto expuesto por @pajarillo , resulta que habido bebé en la empresa, ésta debe contribuir (vía permiso retribuido) con un coste de 130 horas laborables. Sea jornada completa o jornada parcial. No se discrimina al bebé según sea la jornada del progenitor. Ni existen mayores o menores costes horarios para la empresa.

Nota: siguiendo con similitudes o analogías, es como si la empresa tuviese un detalle navideño, tipo lote, cesta o pago de comida o cena. Y lo normal es que sea para todos los trabajadores por igual, con independencia de cual sea su % de jornada. Pues esto igual, es un "Bebe-box" con forma horaria, a tantas horas x bebé.
 

Xabi13

Miembro activo
Tiene todo el sentido del mundo, si pones el foco de atención donde debes ponerlo, que es en dedicar un tiempo diario (un ratito) al cuidado del bebé lactante, a cargo de la empresa.
Y la normativa dice que va a cargo de la empresa hasta 1 hora diaria en día laborable de cuidado y atención.
Cambiar un pañal o darle un bibe cuesta el mismo tiempo sea cual sea tu jornada laboral.

Por analogía o similitud, es como si un convenio establece un plus "por asistencia" al trabajo, y no diferencia entre jornada completa o parcial. Ir y volver de trabajar cuesta lo mismo, sea para realizar una jornada completa de 8 horas o una jornadilla de 1 hora diaria.
Que el efecto relativo en base a cual sea tu porcentaje de jornada genera cosas aparentemente paradójicas, es ya cosa distinta.
Por ejemplo un CTP 0,125 "horizontal" (jornada habitual de 1 hora diaria de lunes a viernes), generaría un permiso continuado hasta los 9 meses de bebé.
Pues sí, son cosas de la matemática.

Pero no hay ofensa ni agravio
Por ejemplo, en ese supuesto expuesto por @pajarillo , resulta que habido bebé en la empresa, ésta debe contribuir (vía permiso retribuido) con un coste de 130 horas laborables. Sea jornada completa o jornada parcial. No se discrimina al bebé según sea la jornada del progenitor. Ni existen mayores o menores costes horarios para la empresa.

Nota: siguiendo con similitudes o analogías, es como si la empresa tuviese un detalle navideño, tipo lote, cesta o pago de comida o cena. Y lo normal es que sea para todos los trabajadores por igual, con independencia de cual sea su % de jornada. Pues esto igual, es un "Bebe-box" con forma horaria, a tantas horas x bebé.
Fíjate que leo muchos comentarios tuyos en este foro, y no solo suelo coincidir contigo sino que considero que tienes una cabeza impresionante. Que por cierto, aprovecho para darte las gracias por toda la ayuda que ofreces en este foro, ojalá te tuviera trabajando cerca para aprender de ti. Pero en este caso, sigo pensando que no tiene sentido, no lo veo igual que los casos que has expuesto a modo de similitud. El bebé va a tener las mismas necesidades, pero en una jornada diaria de 4 horas tienes más tiempo para atenderlo. O, tal vez mejor dicho, en 4 horas de trabajo el bebé requerirá menos atención que en 8.

Y desde luego, si nos vamos a la acumulación de la lactancia, que, al menos en mi corta experiencia, es la forma más común de solicitar este derecho, no tiene ningún sentido que alguien con una jornada diaria de 4 horas tenga el doble de días laborales de permiso que alguien que tiene una jornada completa, teniendo en cuenta, que en una jornada completa el bebé requerirá más atención (repitiendo lo que decía antes).
 

Cachilipox

Miembro conocido
Por supuesto que eso de hasta 1 hora diaria, según como sea la jornada pues o sobra, o es suficiente, o insuficiente. La realidad de cada caso concreto especifico es la que es.
Pero el asunto no es ese, sino que solo existe una única norma para todos los bebés nacidos de progenitores trabajadores por cuenta ajena.
Y en esos casos el legislador decidió hacer "tarifa plana": todo bebé nacido de progenitor trabajador por cuenta ajena tiene derecho a que la empresa le facilite (mediante su propio progenitor) hasta 1 hora de servicios y cuidados por día laborable, pagados, por parte de la empresa.

Ese "hasta 1 hora al día" de cuidados y atenciones, a unos bebés les será suficiente, a otros insuficiente, y en otros casos incluso será innecesario. Pero la norma es genérica e igualitaria para todos.
Y de inversa manera, eso de destinar (vía permiso retribuido) a un trabajador al cuidado del bebé, según cual sea la jornada de partida del trabajador (CTP), puede implicar para la empresa o un casi nada, o una afectación brutal (llegando en el límite al 100 % de la jornada de ese trabajador).
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Exacto. Nos puede parecer lógico o no, pero a menudo se repara en el caso de tiempo parcial cuando se disfruta del permiso en la opción de acumulado en jornadas completas (cada vez más habitual), pero siempre ha sido así, una hora de ausencia (fraccionable en dos partes) o media de reducción.
Si aceptado eso... dado que disfrutado en la modalidad de base (cada vez más infrecuente), es decir, día a día, el permiso es el mismo trabaje 8 horas que 4 (o 3, 2... bueno y si es una... no sé como me voy a "ausentar" esa hora, tal vez marchándome solo llegar, salvo que la empresa me dispense de ese absurdo trámite), es decir, si, por poner un ejemplo, disfrutado dia a dia lo disfrutaré durante, por ejemplo 80 días de trabajo efectivo, y serán, por tanto, 80 horas, trabaje 8 horas diarias o trabaje 4, no veo de recibo que de forma acumulada, trabajando 4 el permiso me quede en la mitad, y es que esas 80 horas en este caso podrán ser 20 dias (10 días para el que trabaja 8 horas). Son más días, cierto, pero también cobraré menos por esos dias. Al final se trata de (en el ejemplo planteado) poder disfrutar de esas 80 horas de permiso remunerado, sea diá a dia o acumulado en jornada completas (ojo!, que muchos convenios, que tiran por lo aparentemente fácil, que es fijar x días a tanto alzado, no entra en estos matices, y te dicen, por ej que son 15 dias y punto, lo que puede generar controversia y ser discriminatorio si se pretende aplicar una interpretación literal.

Y sí, como ya se ha dicho, se supone que el beneficiario de este permiso es el lactante, no la persona trabajadora, pero, puestos a buscarle 3 pies al gato... pendemos, entre otros, en casos como este:

- trabajador con dos contratos a tiempo parcial, con dos o varios, pero pongamos un ejemplo fácil, dos contratos a media jornada (y los mismos dias, por ej de lunes a viernes). ¿Le corresponde una hora diaria de permiso en cada empresa?? ¿y acumulado?

Comentaba lo de que supuesto beneficiario es el lactante, porque en este caso parece que podrá beneficiarse de dos horas al dia de uno de sus progenitores (y lo que le toque del otro).
 

NOEMI

Miembro conocido
Buenos días y Feliz Navidad!!

Respecto a este tema ya tengo a una trabajadora reclamando los 28 días del permiso de lactancia , pero por lo que he leído son 28 días entre los dos progenitores, verdad?? La lactancia se sigue calculando como siempre, no??

Un saludo.
Buenas!!!! Eso es, de 28 nanai de la china mismo cálculo que antes... esque ganas de liar la perdiz, a todo quisqui... ayyyy!!!! Toni!! vámonos al Tibet!!!
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Obviamente se trataba de un titular que pretendía dar la ministra (ojo, que ya se cuido mucho de añadir lo de "hasta"), y que, para colmo, los medios de comunicación generalistas han difundido y sin más matices ni rigor (y algunos de los que han pretendido entrar en detalles aún la han liado más), con la consiguiente confusión generada a la ciudadanía en general.
Al final ,lo dicho, en los casos en los que ya venia regulado por convenio o política o acuerdo de empresa, no hay más novedad. Eso si, para los casos en los que no venía contemplado, ahora sí que la persona trabajadora pude exigir el disfrute con esta opción, pero, a falta de regulación específica, tocará, como a mi me gusta pero que a muchos les da pereza (sobretodo a los que redactan los convenios o acuerdos de empresa), de incidir en la equivalencia exacta que en cada caso (según días teóricamente trabajados dentro del periodo de referencia, jornada realizada, parto simple o múltiple...) puede tener ese permiso disfrutado dia a dia acumulado en jornadas completas.
 

pajarillo

Miembro conocido
No contabilizar 1 hora de ausencia diaria a un trabajador a tiempo parcial iría en contra del art. 12.4d) ET.
Sí. La matemática es muy jodía, pero es así.

Además, la STS 21 de noviembre 2023 (rec. 2978/2022) entiende que, en los contratos a tiempo parcial, la fórmula concreta para calcular la acumulación de lactancia en jornadas completas es la de dividir el número de días que restan hasta que el menor cumpla nueve meses – o la superior edad que pudiere establecer el convenio colectivo-, por la jornada diaria del trabajador.

Y en otra STS que ahora no tengo a mano, se establecía que el disfrute debía hacerse por días laborables.
 
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sonic83

Miembro
Súper interesante este hilo!
Gracias Toni, gracias a los que abren debate.
PD. Al final aún voy a dejar la fiscabilidad y aprenderé algo de laboral de leeros.
Abrazos
 

elchuske

Miembro conocido
Bien harás, Lo laboral es mas caótico, te pone mas, pero te mete unos disgustos de campeonato. Pero también te pone las neuronas a currar de lo lindo y con la edad eso se agradece.
 

Elena-Z

Miembro activo
Esto me ha pasado recientemente. No tiene mucho sentido que sea 1 hora de descanso independientemente de la jornada laboral. Aquí los que ponen las leyes se piensan que todo el mundo trabaja a jornada completa, pero este derecho en concreto, en un contrato al 50% o inferior, es una burrada.
Yo eso pensé, alguien que trabaje 2/3 horas al dia, que los hay, porque hay mil tipos de trabajos, de empresas, de trabajadores... puf.

Los legisladores no están en el mundo.
 

pepelu

Miembro activo
La de las cosas chulas intentando engañar otra vez con los días de lactancia, como lo hizo con los fijos discontinuos para que no computen como parados.
 

Valdepineta

Nuevo miembro
Hola a tod@s. Tengo el siguiente supuesto. Una persona que trabaja 45 minutos al día (sacando la basura de una comunidad), ha sido mamá, y reclama la lactancia acumulada. Le tengo que decir a la empresa que hasta que el bebé cumpla 9 meses, tiene un permiso retribuido.... Salvo que vuestra sabiduría me ilumine con una manera de ejercer el derecho mas razonable.
Gracias.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Pues es como dices.
Esa persona está de suspensión/permiso retribuido hasta que el bebé cumpla 9 meses.
Es que no hace falta que solicite ninguna acumulación. La "hasta 1 hora diaria de ausencias" ya cubren sobradamente su escasa jornada de 0,75 horas diarias.
 

InmaRase

Miembro activo
Ya tengo trabajadores que empezaban el permiso de lactancia a finales de diciembre y ahora en ero solicitando los 28 dias ... hay que joderse.
Y está todo tan enrevesado explicado que a ver como se lo explicas a la empresa para que lo entienda...
Esta trabajadora en concreto está a tiempo completo, no cambia nada, es lo que les he intentado decir y nada, que tiene un abogado que dice que ya está en vigor bla bla , uffff voy a dimitir ya
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Bueno, más allá de lo mal que se ha explicado (porque se ha hecho, empezando por la "menestra", de forma en plan titular sensacionalista, y lo matizable que sea lo de los 28 dias (que, de hecho, e imagino que con toda la intención, añado, justo delante de lo de "28 días" el "hasta", ya que parece pensado para el caso concreto de parto multiple, y siempre como estimación que hay que confirmar caso a caso, y ojo, que como sea parto triple o más igual se queda corto ese "hasta"), queda claro que:

- por un lado, esta opción ya no queda condicionada a que la contemple el convenio de aplicación o pacto individual

- por otro, se deja claro (o recuerda, más bien, pero ya sin necesidad de esa regulación vía convenio) que lo que se acumula es la hora de ausencia, por lo que si en base al cálculo que resulte de cada caso concreto (contando esa hora dia a dia, durante el periodo de referencia y en base a los dias previstos de trabajo efectivo si el permiso se disfrutara dia a dia) resulta un periodo superior al que contemple el convenio (que suelen tirar por lo fácil, en plan "tarifa plana" por cierto número de dias a tanto alzado (normalmente 15 naturales), ese resultado (el de acumular esa hora diaria) será el que prevalecerá.

¿No lo veis asi?

Lo digo porque muchos dicen, "bueno, en nuestro caso no tiene impacto, ya que lo tenemos resuelto por convenio". Pero como el convenio diga, por ej 15 días naturales (que quedarán en 10 u 11 hábiles (12 o 13 si trabajas de 6 días a la semana) y de ese cálculo salga alguno más...
 

Cachilipox

Miembro conocido
Bueno, ha caído (no ha sido convalidado por el legislador) este RDL.
Así pues, volvemos a tener (provisionalmente), la misma regulación que antes de....

La acumulación por lactancia vuelve a ser una potestad colectiva (salvo que ya se hubiese ejercido el derecho a título individual, caso en que prevalecería la norma más favorable al interesado).

La prevalencia del convenio sectorial (estatal) vuelve a ser absoluta.

Los subsidios por desempleo vuelven a ser lo que nunca ha dejado de ser (pues su entrada en vigor estaba pospuesta)
 
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