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Buenos días, alguno me puede aclarar y sacar del bucle?
Autónomo que tiene recaída de at, para la exoneración de cuotas no lo acumulan a la baja inicial? Para la exoneración tienen que pasar otros 60 días, desde la recaída?
La norma es silente en ese aspecto (no excluye, pero tampoco dispone expresamente que deba tenerse en cuenta y deducirse el primer periodo en los casos de recaída para la exoneración de cuotas) y las respuestas a consultas realizadas mediante CASIA (mayoritariamente) y las mutuas, "barren para dentro", y la práctica habitual es que inicien de nuevo el cómputo. Puedes comprobarlo en muchos otros hilos del foro.
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