recaida IT de un proceso de IT en otra empresa.

carloslugo

Miembro activo
Me envian un fichero FIE con una recaida por Incapacidad Temporal de fecha 14/8/23 de una IT anterior de fecha 18/04/23 en la que la trabajadora estaba en otra empresa . Envío consulta por acredita y me indican que efectivamente se trata de una recaida de una IT anterior y que el hecho de que la trabajadora no haya estado en nuestra empresa no es ningún problema ... ya que lo principal es que se trata de un proceso de recaida de una incapacidad que la trabajadora ha sufrito en los seis meses anteriores. Estoy algo despistado pero mi duda es como tengo que tratar esta IT en mi empresa ... si como una recaida ( tal y como se me indica ) o como una nueva IT.....
muchas gracias y un saludo para tod@s.
 

toni

Miembro conocido
Entiendo que debes tratarlo como una recaída, pero de todos modos saca un IDC y saldrás de dudas, pues te aparecerán los tramos con el %...
 

Woow

Nuevo miembro
Hola Carlos, lo tendrás que indicar como recaída, porque si revisas el IDC de esa persona verás que en tipos de peculiaridad, imagina que la primera baja fuera de 30 días, te aparece el tramo de la IT por el porcentaje del 75% y en pago delegado, si lo informas como nueva IT no te pasará los seguros sociales porque no coinciden los tramos. seguridad social querrá pago delegado al 75% y tu comunicas IT.CC.COLAB.EXCL.15D

Normalmente y depende del programa que uses lo más fácil suele ser, crear la it inicial, así tienes la fecha de inicio y de fin, y luego la recaída que contará a partir de la fecha de fin, y revisa que te coja la prestación y el tramo de la IT tal y como sale en su IDC.
 

carloslugo

Miembro activo
si toni , es como una recaida segun el IDC.. , me resultaba extraño que viniendo el proceso originario de IT de otra empresa nosotros tuviesemos que tratarlo como una recaida.
un saludo.
 

AlbaT

Miembro
buenos dias
tengo una duda. Tengo una trabajadora que empezo una IT en febrero y le dierón el alta. Para esa IT se tuvo en cuenta la BC de enero. En Marzo ha recaido en esa IT. La duda que tengo es... que BC hay que tener en cuenta la de febrero por ser la del mes anterior o al ser una recaida tenemos que tener en cuenta la de enero?

gracias de antemano!
 
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