Cecilia Alcap
Miembro activo
Buenas tardes a todos! Os comento un caso de una clienta nueva que nos acaba de llegar al despacho. Se trata de una trabajadora que le reclama por escrito que le revise el salario de las vacaciones disfrutadas este verano, ya que el convenio establece que el salario durante las vacaciones será la media de los 3 meses anteriores. Por lo que vi, el salario que se le aplicó era el de la jornada que tenía en ese momento, sin tener en cuenta que se le acababa de reducir la jornada, por tanto el salario debió ser mayor. Aquí poca duda al respecto ya que se liquidará este mes las diferencias que se le debieron pagar.
En el mismo escrito le reclama que se revise el salario que percibió durante las vacaciones de 2022 por el mismo motivo , que las disfrutó del 08/08/22 al 28/08/22.
Aquí la duda que me entra es que entiendo que al ser reclamación de naturaleza salarial ya han pasado más de 12 meses y no tendría derecho a reclamar este periodo.
En el mismo escrito le reclama que se revise el salario que percibió durante las vacaciones de 2022 por el mismo motivo , que las disfrutó del 08/08/22 al 28/08/22.
Aquí la duda que me entra es que entiendo que al ser reclamación de naturaleza salarial ya han pasado más de 12 meses y no tendría derecho a reclamar este periodo.