Muy buenas
Disculpad porque seguramente este tema ya se ha comentado infinidad de veces, pero siempre me genera dudas
Despido de persona trabajadora por causas objetivas. La indemnización no tributa
La empresa reconoce la improcedencia y abona la diferencia entre 20 y 33 días por un total de 8.500 €
La empresa y la persona trabajadora firman un acuerdo extrajudicial reconociendo dicha improcedencia
No acuden a SMAC
Esta indemnización, ¿tributa?
Adjunto resolución de la Dirección General de Tributos
Disculpad porque seguramente este tema ya se ha comentado infinidad de veces, pero siempre me genera dudas
Despido de persona trabajadora por causas objetivas. La indemnización no tributa
La empresa reconoce la improcedencia y abona la diferencia entre 20 y 33 días por un total de 8.500 €
La empresa y la persona trabajadora firman un acuerdo extrajudicial reconociendo dicha improcedencia
No acuden a SMAC
Esta indemnización, ¿tributa?
Adjunto resolución de la Dirección General de Tributos