CrisFM
Miembro
ALTEANET dijo:Gracias FERNANDO por tu respuesta, quiere dicir que a un que presente intención de recurrir continua teniendo esos diez días hábiles para hacerlo?.
Es posible entonces que sea el propio juzgado que por causas de acumulación de trabajo no de salida a los recursos?
Que opinas???
Eso es. Se presenta el anuncio de recurso y eso se notifica a tu abogado.
Después y eso sólo depende del Juzgado se dicta una nueva providencia en la que se ponen los Autos a disposición del recurrente y a partir de esa providencia es cuando empiezan a correr los diez días para formalizar el recurso