Buenas tardes,
Cliente que quiere reducir la jornada de toda su plantilla (4 empleados) a partir del año que viene. El tema es que en su totalidad "están" a jornada completa.... y claro ahí nos vamos en la excepción del artículo 41, no es posible llevar a cabo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo en estos casos.
Sin embargo, he puesto "están" porque resulta que a pesar de que en su contrato de trabajo pone que su jornada es de 40h semanales (y salario), su horario semanal en realidad es de 35h/semana.
Veis posibilidad alguna de presentarles a partir del año que viene esa modificación por causas productivas y organizativas? o por el contrario no hay ninguna opción....
Cliente que quiere reducir la jornada de toda su plantilla (4 empleados) a partir del año que viene. El tema es que en su totalidad "están" a jornada completa.... y claro ahí nos vamos en la excepción del artículo 41, no es posible llevar a cabo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo en estos casos.
Sin embargo, he puesto "están" porque resulta que a pesar de que en su contrato de trabajo pone que su jornada es de 40h semanales (y salario), su horario semanal en realidad es de 35h/semana.
Veis posibilidad alguna de presentarles a partir del año que viene esa modificación por causas productivas y organizativas? o por el contrario no hay ninguna opción....