Buenos días, mi duda es la siguiente:
¿Está obligado un trabajador indefinido con contrato 100 a cubrir las horas de otro trabajador indefinido que ejerce su derecho a reducción de jornada?
En mi empresa hay establecidos 2 turnos de trabajo: mañana (de 08:00h a 15:00h) y tarde (de 15:00h a 22:00h). Y un nocturno que se reparte entre ambos.
La cuestión es que una trabajadora de mañana tiene una reducción de jornada por cuidado de menor de 12 años en la que sale todos los días lectivos a las 13:00h.
Mi horario habitual es de tarde entrando a las 15h, pero cuando esta persona ejerce su derecho a reducción de jornada la empresa nos obliga a ciertos trabajadores a entrar obligatoriamente 2 horas antes de nuestra jornada habitual para cubrir esas 2 horas que quedan descubiertas por dicha reducción.
Esto sólo pasa cuando la persona a la que se le aplica la reducción trabaja de mañana.
Esta situación nos la impone la empresa a un grupo de trabajadores que fuimos contratados algo más tarde y lo único que cambió en el convenio que aplica mi empresa son las horas anuales.
A los que se nos impone realizar esta cobertura tenemos mas horas anuales firmadas, pero sólo esto nos difiere del resto de trabajadores más antiguos, el resto de condiciones en contrato y convenio son iguales.
Añadir que mi empresa es privada y presta servicio público sanitario 24h a la comunidad de Madrid, en mi caso urgencias.
Quería saber si esta situación es irregular, y donde encontrar la información para poder tener la información adecuada.
Muchas gracias de antemano, hacéis muy buena labor, un saludo
¿Está obligado un trabajador indefinido con contrato 100 a cubrir las horas de otro trabajador indefinido que ejerce su derecho a reducción de jornada?
En mi empresa hay establecidos 2 turnos de trabajo: mañana (de 08:00h a 15:00h) y tarde (de 15:00h a 22:00h). Y un nocturno que se reparte entre ambos.
La cuestión es que una trabajadora de mañana tiene una reducción de jornada por cuidado de menor de 12 años en la que sale todos los días lectivos a las 13:00h.
Mi horario habitual es de tarde entrando a las 15h, pero cuando esta persona ejerce su derecho a reducción de jornada la empresa nos obliga a ciertos trabajadores a entrar obligatoriamente 2 horas antes de nuestra jornada habitual para cubrir esas 2 horas que quedan descubiertas por dicha reducción.
Esto sólo pasa cuando la persona a la que se le aplica la reducción trabaja de mañana.
Esta situación nos la impone la empresa a un grupo de trabajadores que fuimos contratados algo más tarde y lo único que cambió en el convenio que aplica mi empresa son las horas anuales.
A los que se nos impone realizar esta cobertura tenemos mas horas anuales firmadas, pero sólo esto nos difiere del resto de trabajadores más antiguos, el resto de condiciones en contrato y convenio son iguales.
Añadir que mi empresa es privada y presta servicio público sanitario 24h a la comunidad de Madrid, en mi caso urgencias.
Quería saber si esta situación es irregular, y donde encontrar la información para poder tener la información adecuada.
Muchas gracias de antemano, hacéis muy buena labor, un saludo