REDUCCION DE JORNADA GUARDA LEGAL. HORARIO

Sebas084

Nuevo miembro
Buenos dias compñaeros , el caso es el siguiente:
Una trabajadora con reduccion de jornada desde el 2016, en mayo de 2017 solicita un modificacion de su horario reducido y tras una negociacion se le acepta.
Pero ahora que no han pasado ni dos meses queire modificar el horario nuevamente, pero quitandose los sabados, cuando su jornada habitual es de lunes a sabados.
Se que el estatuto habla de reduccion diaria y que no se pueden eliminar dias enteros, mi duda es ¿esto sigue siendo asi?.

La empresa esta un poco mosqueada con tanto cambio horario, y cree que la trabajadora no esta actuando de buena fe.

¿como lo veis compañeros?
Un saludo.


 

Mr. White

Miembro activo
Aparte de la reducción de jornada, el ET también establece el derecho del trabajador/a a la adaptación de jornada del trabajador para conciliar (38.4 ET).

Dicho derecho se condiciona a lo que venga en Convenio o en su defecto en el acuerdo al que se pueda llegar con el empresario.

En mi opinión, que baso en doctrina del Tribunal Constitucional, la Empresa puede negarse a lo que solicita la trabajadora si tiene alguna causa organizativa, productiva,...de cierta solidez que lo impida. Si no la tiene, no estaría negociando de buena fe y estaría limitando un derecho de forma, digamos, gratuita. Lo mismo pasa con la trabajadora, debe tener alguna razón de peso para no poder trabajar los sábados, no vale todo ni mucho menos, porque sería vaciar de contenido el derecho y debe estar para lo que está, no para caprichitos...

Dicho lo cual, es un tema que al final va a depender del juez que te toque. No cabe recurso, en principio, y por tanto ambas partes se la juegan a una carta. Yo creo que siempre es mejor bucar el acuerdo que eso (se me ocurre que trabje sábados alternos, por ejemplo), pero bueno, a veces no es posible encontrar puntos de encuentro, en España somos campeones en cabezonería.
 
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